SAP Murcia 296/2006, 28 de Junio de 2006

PonenteJOSE JOAQUIN HERVAS ORTIZ
ECLIES:APMU:2006:1337
Número de Recurso177/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución296/2006
Fecha de Resolución28 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 5ª

JOSE MANUEL NICOLAS MANZANARES MIGUEL ANGEL LARROSA AMANTE JOSE JOAQUIN HERVAS ORTIZ

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

CARTAGENA

SENTENCIA: 00296/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA

SECCIÓN QUINTA (CARTAGENA)

ROLLO Nº 177/2006 (CIVIL)

ILTMO. SR. D. JOSÉ MANUEL NICOLÁS MANZANARES

Presidente

ILTMO. SR. D. MIGUEL ÁNGEL LARROSA AMANTE

ILTMO. SR. D. JOSÉ JOAQUÍN HERVÁS ORTIZ

Magistrados

En Cartagena, a veintiocho de junio de dos mil seis.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Murcia, compuesta por los Ilustrísimos Señores citados

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A Nº 296

Visto por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena, integrada por los Iltmos. Sres. expresados, el presente incidente de impugnación por indebidos de honorarios de Letrado y derechos de Procurador, promovido en el presente rollo nº 177/06, en el que han sido partes, como impugnante, la compañía aseguradora "FIDELIDADE, S.A.", representada por la Procuradora Dª.Milagrosa González Conesa y defendida por el Letrado D.Antonio Mohorte Molina, y, como impugnadas, "TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U.", representada por la Procuradora Dª.Susana Alonso Cabezos y defendida por el Letrado D.Antonio Molina García, y "IBERDROLA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.A.", representada por el Procurador D.Alejandro Juan Lozano Conesa y defendida por el Letrado D.Javier López-Alascio Sánchez, ha sido Magistrado ponente el Iltmo. Sr. D. JOSÉ JOAQUÍN HERVÁS ORTIZ, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha 17 de febrero de 2.006 se dictó Sentencia en el presente rollo de apelación por la que se desestimaba el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Dª.Milagrosa González Conesa, en nombre y representación de la mercantil aseguradora FIDELIDADE, S.A.", contra la Sentencia dictada en fecha 26 de abril de 2.004 por el Juzgado de Instrucción número uno de Cartagena (antes Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Cartagena), en los autos de juicio ordinario número 705/02 de dicho Juzgado y se imponían las costas procesales del recurso a la parte apelante.

SEGUNDO

En fecha 3 de marzo de 2.006 tuvo entrada en este Tribunal un escrito presentado por la Procuradora Dª.Susana Alonso Cabezos, en nombre y representación de "TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.", por el que se solicitaba que se procediera a la práctica de la tasación de costas devengadas en esta alzada, acompañando cuenta de derechos y suplidos de Procurador y minuta de honorarios de Letrado. Asimismo, en fecha 13 de marzo de 2.006 tuvo entrada en este Tribunal un escrito presentado por el Procurador D.Alejandro Lozano Conesa, en nombre y representación de "IBERDROLA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.A.", por el que también se solicitaba que se procediera a la práctica de la tasación de costas devengadas en esta alzada, acompañando, igualmente, cuenta de derechos y suplidos de Procurador y minuta de honorarios de Letrado.

TERCERO

Practicada por el Secretario Judicial de este Tribunal, en fecha 3 de abril de 2.006, la correspondiente tasación de costas, se dio traslado a las partes, a efectos de impugnación, habiendo tenido entrada en este Tribunal, en fecha 24 de abril de 2.006, un escrito presentado por la Procuradora Dª.Milagros González Conesa, en nombre y representación de la mercantil aseguradora FIDELIDADE, S.A.", por el que se procedía a impugnar los honorarios de Letrado y los derechos y suplidos de Procurador, por indebidos, exclusivamente en lo referente a la inclusión en la tasación de costas de las partidas por IVA, por lo que se procedió a dar la correspondiente tramitación al incidente, habiéndose señalado día para la vista sobre la impugnación de los honorarios y derechos y suplidos de Procurador, por indebidos, que ha tenido lugar en fecha 27 de junio de 2.006, con el resultado que es de ver en el acta levantada al efecto, habiéndose procedido, a continuación, a la...

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