SAP Ciudad Real 117/2007, 15 de Mayo de 2007

PonenteCARMEN PILAR CATALAN MARTIN DE BERNARDO
ECLIES:APCR:2007:383
Número de Recurso30/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución117/2007
Fecha de Resolución15 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

CIUDAD REAL

SENTENCIA: 00117/2007

APELACION CIVIL

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION SEGUNDA

CIUDAD-REAL.

RECURSO DE APELACION (LECN) 30/2007-J.

Autos: p. Ordinario 198/2.004.

Juzgado: Alcázar-2.

Iltmo/s. Sr/es.

Presidente: CARMEN PILAR CATALAN MARTIN DE BERNARDO.

Magistrado/s:

IGNACIO ESCRIBANO COBO

FULGENCIO VICTOR VELAZQUEZ DE CASTRO PUERTA

ENCARNACION LUQUE LOPEZ.

S E N T E N C I A nº: 117/2.007.

En CIUDAD REAL, a quince de Mayo de dos mil siete.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 2 de la Audiencia Provincial de CIUDAD REAL, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 198/2004, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de ALCAZAR DE SAN JUAN, a los que ha correspondido el Rollo 30/2007, en los que aparece como parte apelante "GARRIDO GARRIDO PROMOCIONES 99, S.L.", Guadalupe, Tomás, Remedios, Luis Pedro, Almudena, Elsa, Blas y "VIARIM. S.L.", representados por los Procuradores ASUNCION HOLGADO PEREZ y MANUEL CORTES MUÑOZ, y asistidos por el Letrado AGUSTIN FERNANDEZ CARRION y DOLORES ROMAN RUIZ y como apelados Héctor, Miguel, representados por los Procuradores JORGE MARTINEZ NAVAS y ANA JULIA SANZ TEJEDOR y asistidos por el Letrado AMADOR BLAZQUEZ SECO DE HERRERA y JESUS A. VALLEJO FERNANDEZ, y siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª. CARMEN PILAR CATALAN MARTIN DE BERNARDO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de ALCAZAR DE SAN JUAN, por el mismo se dictó sentencia con fecha 29 de Julio de 2.005, cuya parte dispositiva dice: "Fallo: Estimo parcialmente la demanda interpuesta por los demandantes contra Garrido y Garrido Promociones 99, S.L., Don Miguel y Don Héctor y en su virtud debo efectuar los siguientes pronunciamientos: 1. Condeno a Don Miguel y a Garrido Garrido Promociones 99, S.L. a pagar solidariamente a la Comunidad de Propietarios demandante la cantidad de 3.049,03 euros mas los intereses legales.- 2.- Condeno a Don Héctor y a Garrido y Garrido Promociones 99, S.L., a efectuar la reparación de los defectos señalados en el informe de Don Bernardo y de conformidad con lo dispuesto en el mismo salvo las reparaciones ya realizadas por la mercantil INTEDHOR asi como las llevadas a cabo en la terraza por Javier Cañego.- 3. Condeno a Don Héctor y a Garrido y Garrido Promociones 99, S.L., solidariamente a pagar a la Comunidad de Propietarios demandante la cantidad de 1.660,62 euros mas los intereses legales.- Respecto de la acción ejercitada contra Don Miguel cada parte pagará las costas causadas a su instancia y la comunes por mitad.- Respecto de las acciones ejercitadas contra Don Héctor y contra Garrido y Garrido Promocio0nes, 99, S.L. procede imponer a estos las costas causadas.- Desestimo la demanda reconvencional interpuesta por Garrido y Garrido Promociones, 99, S.L. contra VIARIM, S.L. y, en su virtud absuelvo al demandado VIARIM, S.L. de todos los pedimentos contra el ejercitados y todo ello con expresa imposición de las costas a la parte actora Garrido y Garrido Promociones, S.L.".

Notificada dicha resolución a las partes, por "GARRIDO GARRIDO PROMOCIONES 99, S.L.", Guadalupe, Tomás, Remedios, Luis Pedro, Almudena, Elsa, Blas y "VIARIM. S.L." se interpuso recurso de apelación y cumplidos los trámites correspondientes fueron remitidos a este Tribunal donde han comparecido los litigantes, sustanciándose el recurso en la forma legalmente establecida, señalándose para el acto de la votación y fallo el DIA QUINCE DE MAYO DE 2.007.

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Ante la sentencia dictada en la primera instancia, por la representación de la entidad mercantil Garrido Garrido Promociones 99, S. L, se interpone recurso de apelación, al entender que nos encontramos ante un supuesto claro de negligencia en su actuación respecto de los Técnicos de la obra, dado que la ejecución de la misma se realizó de acuerdo con el proyecto, así como, con las instrucciones dadas por la dirección facultativa, y manteniendo la existencia de la deuda reclamada mediante la reconvención. Con base en dichos motivos se solicita la revocación de la sentencia dictada, en el sentido de que la demanda sea desestimada respecto de dicha parte y se estime la demanda reconvencional.

Por la representación de Tomás y su esposa Remedios, Guadalupe, Luis Pedro, Almudena, Elsa, Blas, "Viarim, S.L. y "Garrido Garrido Promociones, 99, S.L.", se interpone recurso de apelación en solicitud de revocación parcial de la sentencia dictada en lo referente a las...

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