SAP Zaragoza 87/2008, 15 de Febrero de 2008
Ponente | MARIA JESUS DE GRACIA MUÑOZ |
ECLI | ES:APZ:2008:434 |
Número de Recurso | 411/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 87/2008 |
Fecha de Resolución | 15 de Febrero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
ZARAGOZA
SENTENCIA: 00087/2008
R. 411/07
SENTENCIA NÚMERO OCHENTA Y SIETE
Ilmos. Sres. Magistrados
Presidente:
D. Juan Ignacio Medrano Sánchez
Magistrados:
D. Eduardo Navarro Peña
Dª Mª Jesús De Gracia Muñoz
En Zaragoza, a quince de febrero de dos mil ocho
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 004 de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, los Autos de JUICIO
VERBAL 0001227 /2006, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 17 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el Rollo
0000411 /2007, en los que aparece como parte apelante DIRECT SEGUROS,S.A., representada por la procuradora Dª. SUSANA
HERNANDEZ HERNANDEZ, y asistida por el Letrado D. Cárlos Sánchez Noailles y D. Bartolomé personado por
si mismo, y como apelada Dª. Remedios representada por la procuradora Dª. MARIA DEL CARMEN
BARINGO GINER, y asistida por el Letrado D. MANUEL ENCISO DIAZ, y siendo Magistrado/s Ponente el Ilmo. Sr. D./Dª Dª Mª Jesús De Gracia Muñoz.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.
Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 17 de ZARAGOZA, por el mismo se dictó sentencia con fecha veinte de diciembre de dos mil seis, cuya parte dispositiva dice: Estimo la demanda interpuesta por Remedios frente a Bartolomé y Aseguradora Hilo Direct Seguros y Reaseguros, S.A. y, en consecuencia, condeno a los demandados a que solidariamente paguen a la actora la cantidad de QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS EUROS Y CINCO CENTIMOS (556,05 euros), más el interés legal incrementado en un 50% desde el día 17 de noviembre de 2005 hasta su completo pago a cargo de la mencionada Aseguradora, con expresa imposición de costas a los demandados.
Notificada dicha resolución a las partes, por DIRECT SEGUROS,S.A. y D. Bartolomé se interpuso recurso de apelación, y cumplidos los trámites correspondientes, se remitieron los autos originales del juicio el día 21 de septiembre de 2007, a este Tribunal donde han comparecido los litigantes, sustanciándose el recurso en la forma legalmente establecida, Y señalándose para discusión y votación el día 12 de febrero de 2008 en que tuvo lugar.
En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.
La parte apelante solicita como primera cuestión la suspensión del proceso en base al art 40 p 2.2 LEC por considerar que se ha alterado el doc nº 1 de la demanda con posible falsedad documental respecto a lo que la decisión penal puede tener influencia decisiva en la resolución de este proceso.
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