SAP Madrid 202/2005, 28 de Abril de 2005
Ponente | RAMON RUIZ JIMENEZ |
ECLI | ES:APM:2005:4945 |
Número de Recurso | 116/2005 |
Número de Resolución | 202/2005 |
Fecha de Resolución | 28 de Abril de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª |
D. RAMON RUIZ JIMENEZD. EPIFANIO LEGIDO LOPEZD. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 19
MADRID
SENTENCIA: 00202/2005
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION 19
1280A
FERRAZ 41
Tfno.: 91 397 1861-2-3-4-0 Fax: 91 397 19 98
N.I.G. 28000 1 7001721 /2005
ROLLO: RECURSO DE APELACION 116 /2005
JUICIO VERBAL 485 /2004
JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 35 de MADRID
Apelante/s: Íñigo
Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO
Apelado/s: Alfredo
Procurador: LUIS GARCIA BARRENECHEA
SENTENCIA Nº 202
Ponente: Ilmo. Sr. D. RAMON RUIZ JIMENEZ
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ
D. RAMON RUIZ JIMENEZ
D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO
En MADRID a, veintiocho de abril de dos mil cinco.
La Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal nº 485/04, provenientes del Juzgado de Primera Instancia nº 35 de Madrid, que han dado lugar en esta alzada al rollo de Sala nº 116/05 , en el que han sido partes, como apelante D. Íñigo y de otra, como apelado D. Alfredo, que vino al litigio representado por el Procurador D. Luis José García Barrenechea.
VISTO, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. RAMON RUIZ JIMENEZ, que expresa el común parecer de este Tribunal.
Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto se relacionen con esta resolución y
Con fecha 21 de Julio de 2.004, el Juzgado de 1ª Instancia nº 35 de Madrid, en los autos de que dimana este rollo de Sala, dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por D. Íñigo, contra D. Alfredo, debo ABSOLVER y ABSUELVO a la parte demandada de las pretensiones de la parte actora. Condenando a dicha parte demandante al pago de las costas procesales causadas."
Notificada la sentencia a las partes se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de D. Íñigo, que formalizó adecuadamente y del que, tras ser admitido en ambos efectos, se dio traslado a la contraparte, que se opuso al mismo, remitiéndose luego los autos principales a este Tribunal, abriéndose, de inmediato, el correspondiente rollo de Sala.
En esta alzada, para cuya deliberación y votación se señaló el día veintiséis de los corrientes, se han observado las prescripciones legales.
Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto no se opongan a los que a continuación se insertan y
Ha de anticiparse, a modo de antecedentes del conflicto que se suscita, que don Íñigo, a través de formulario impreso, demandaba al médico dentista DON Alfredo, refiriendo como hechos que le realizó tratamiento odontológico y entre otras, tres ortodoncias y cuarto coronas con fundas, de las cuales tres fueron extraídas al poco tiempo con sus piezas dentarias por mal implante ya que la porcelana se desmoronaba y las coronas no tenían suficiente sujeción. En consecuencia, añadía en su escrito, he perdido las piezas dentarias propias y además abonarle 900 euros por dicho trabajo mal realizado. Solicito, concluía me sean devueltos por los menos los 900 euros. Por el centro DENTIN GABINETE DENTAL, en el que trabaja el demandado, se informó, que tras el diagnóstico y propuesta de tratamiento, realizada el 4.3.2000, el paciente decide que de momento se va a hacer sólo la parte superior y acepta presupuesto. Se dice en dicho informe que el paciente fue informado de las ventajas y riesgos que aporta dicho tratamiento por el gran deterioro de sus piezas residuales inferiores así como la reposición de las piezas ausentes del maxilar inferior. Continúa el informe poniendo de relieve que el 11.9. 00 acude a consulta para cimentar las piezas 11,12, 13,21 que...
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