SAP Murcia 256/2003, 22 de Octubre de 2003

PonenteFERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ
ECLIES:APMU:2003:2576
Número de Recurso277/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución256/2003
Fecha de Resolución22 de Octubre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 2ª

SENTENCIA nº 2 5 6/ 2003

Ilmos Sres.

Don Abdón Díaz Suárez

Presidente

Dª. María Jover Carrión

D. Fernando López del Amo González

Magistrados

En Murcia, a veintidós de octubre de dos mil tres.

ANTECEDENTES DE HECHO

Habiendo visto en grado de apelación la SECCION SEGUNDA de esta Ilma. Audiencia Provincial dimanante la Pieza separada de MEDIDAS CAUTELARES derivada del Juicio de menor cuantía nº 343/2000 tramitado por el Juzgado de Primera Instancia de Lorca nº Tres; en cuyos autos principales es parte demandante Clara y Abelardo , comuneros del Complejo Residencial Europa, representados por el Procurador Sr/a. Arcas Barnés, y defendidos por el Letrado Sr/a. Úbeda, y como demandadas "Eusebio Abellán, S.L.", representada por el Procurador Sr/a. Aragón Villodre y defendida por el Letrado Sr/a. Aragón Villodre, Miguel , Jose Francisco y Alicia , representados por el Procurador Sr/a. Aguirre Soubrier y defendidos por el Letrado Sr/a. Aragón villodre,"Promociones Terrer, S.A. y "Aparcamientos y Comercios, S.L.", representadas por el Procurador Sr/a. Terrer Artés y defendida por el Letrado Sr/a. Terrer Artés, Domingo , Iván , Rosendo , Luis Manuel e Rosario , representados por el Procurador Sr/a. Aragón Villodre y defendidos por Letrado,y finalmente contra Banco Bilbao-Vizcaya Argentaria, S.A., representada por el Procurador Sr/a. Terrer Artés y defendida por el Letrado.

En esta alzada actúan como apelantes todas las partes salvo Banco Bilbao-Vizcaya Argentaria, S.A. ylos hermanos Domingo Rosario Rosendo Luis Manuel Iván . Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Fernando López del Amo González, que expresa la convicción del Tribunal.

SEGUNDO

Por el Juzgado se dictó resolución con fecha 5 de diciembre de 2001 por el que se acordó el cierre del muro perimetral del conjunto residencial Europa para evitar la comunicación con el edificio colindante y ello como medida cautelar solicitada por los actores, dictándose a continuación otras resoluciones como la del 30 de abril de 2002 por la que se fijaba a los actores una fianza para llevar a cabo aquella medida; planteándose a continuación sucesivos recursos principalmente por parte de los demandados, aunque también los actores cuestionan la adopción de la fianza.

TERCERO

Por las partes se han interpuso diversos recursos de apelación que fueron admitidos en un efecto, dándose traslado a las demás partes, habiendo presentado escrito oponiéndose a las pretensiones de contrario, remitiéndose esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial formándose el Rollo nº 277/2002, siendo devueltos en dos ocasiones al Juzgado de origen para práctica de diligencias.

Con fecha 16 de octubre de 2003 se fijó día para la celebración de la vista en la cual las partes apelantes solicitaron la revocación de los autos recurridos en base a los argumentos que expresaron en dicha vista, por la parte actora se opuso a las pretensiones de contrario.

CUARTO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Clara y Abelardo , propietarios de algunos elementos individuales del Complejo Residencial Europa y en cuyo beneficio actúan como comuneros de elementos comunes, presentó demanda contra "Eusebio Abellán, S.L.", "Promociones Terrer, S.A. y "Aparcamientos y Comercios, S.L.", Miguel , Jose Francisco y Alicia , que después fue ampliada contra Domingo , Iván , Rosendo , Luis Manuel e Rosario y contra Banco Bilbao-Vizcaya Argentaria, S.A. por la que los actores solicitaban que se declarara nula e ineficaz la servidumbre de paso del edificio colindante por los aparcamientos de Residencial Europa, acordando el Juzgado la anotación preventiva de la demanda pedida por otro si.

Ante la apertura de una comunicación en la planta sótano segunda del Complejo residencial con el edificio colindante de uno de los demandados cuando ya se había planteado el procedimiento principal, los actores solicitaron la medida cautelar del cierre de dicha comunicación, formándose la presente pieza separada que se tramitó oportunamente hasta que finalmente se concedió aquella medida por el Juzgador por medio del auto de 5 de diciembre de 2001; recurrido el mismo se dictó...

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