SAP Madrid, 23 de Septiembre de 2000

PonenteROSA MARIA BROBIA VARONA
ECLIES:APM:2000:12699
Número de Recurso51/2000
Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

Sentencia

En Madrid, a veintitrés de Septiembre de dos mil.

La Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto, en grado de apelación, los autos de Juicio de MENOR CUANTIA número 806/1997 sobre reclamación de daños y perjuicios por culpa extracontractual, procedentes del Juzgado de Primera Instancia num. 49 de los de Madrid, que han dado lugar a la formación del Rollo de Sala nº 51/2000, seguido entre partes, de una como apelante, D. Juan Francisco , representada por la Procuradora Sra. D. Patrocinio Sánchez Trujillo, y de otra como apelada, BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO, S.A., representada por el Procurador Sr. D. Eduardo Codes Feijoo.

VISTO, siendo Magristrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Rosa Brobia Varona

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que los autos originales núm. 806/1997 procedentes del Juzgado de Primera Instancia Núm. 49 de Madid, fueron remitidos a esta Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo.Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

SEGUNDO

Que por la Ilma. Sra. Dª. Amelia Reillo Alvarez, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 49 de Madrid, se dictó sentencia núm.660 con fecha ocho de septiembre de mil novecientos noventa y ocho, cuya PARTE DISPOSITIVA dice así: FALLO.-" Desestimando la demanda presentada por la Procuradora Dª. Susana Hernández del Muro, en nombre y representación de D. Juan Francisco y dirigia contra el BANCO CENTRAL HISPANOAMERICANO, S. A., debo declarar y declaro no proceder la pretensión del actor con imposición de las costas al demandante. "

TERCERO

Que contra dicha Sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte demandante, que fue admitido en ambos efectos, y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron los autos a esta Sección Vigesimoquinta, substanciándose el recurso conforme a lo legalmente prevenido y señalándose para la vista del presente recurso el día veintidos de septiembre del año en curso, celebrándose la misma con asistencia e informe de ambas partes.

CUARTO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan y se dan por reproducidos los fundamentos de derecho de la sentencia apelada.

PRIMERO

El apelante Juan Francisco interpuso demanda en reclamación de daños y perjuicios contra el Banco BCH, donde tenía abierta cuenta, por los hechos que se relatan a continuación : el 13 de enero de 1997, con fecha valor de 10 de enero quedó ingresada en su cuenta la cantidad de2.363.062.-ptas. el día 16 de enero de 1997 el banco anuló el ingreso, privándole de la posibilidad de disponer de ese dinero. Las explicaciones dadas fueron, que el Sr. Serafin , quien estaba autorizado a disponer de los fondos de la cuenta, tenía una deuda con el Banco en la Sucursal de Eugenio Selles, por lo que habían procedido a compensar la deuda. Tras sucesivas reclamaciones el día 1 de febrero de 1997 se procedió de nuevo a ingresar el dinero en la cuenta del Sr. Juan Francisco . Que estos días durante los cuales no pudo disponer del dinero, le supusieron una serie de daños y perjuicios, en primer lugar perdió 650.000.-ptas que había dado como señal para la compra de un vehículo, pues no pudo cumplir con el pago del resto del precio el día 20 de enero, como había...

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