SAP Barcelona 334/2004, 2 de Junio de 2004

PonenteANTONIO LOPEZ-CARRASCO MORALES
ECLIES:APB:2004:7167
Número de Recurso216/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución334/2004
Fecha de Resolución 2 de Junio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 12ª

SENTENCIA N ú m. 334/2004

Ilmos. Sres.

D./Dª. ANTONIO LOPEZ CARRASCO MORALES

D./Dª. JOSE LUIS VALDIVIESO POLAINO

D./Dª. ANA JESUS FERNANDEZ SAN MIGUEL

En la ciudad de Barcelona, a dos de junio de dos mil cuatro.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimosegunda de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de modificación medidas definitivas nº 242-2003, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Rubi , a instancia de D/Dª. Guillermo , contra D/Dª. Elsa ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 22-10-2003, por el/la Juez del expresado Juzgado .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda presentada por procurador Doña Victoria Morales Frasnedo en nombre y representación de Guillermo , contra Elsa procede modificar la sentencia de separación dictada en autos 454-93 en el sentido de atribuir el uso y disfrute de la vivienda sita en CALLE000 nº NUM000 , NUM001 NUM002 de Sant Cugat del Valles a Sra. Elsa , por un periodo de tres años, domicilio que deberá dejarse libre y a disposición de la misma por el Sr. Guillermo , asi como todas las personas que con él habitan, pudiendo retirar sus objetos y enseres personales, atribuyendo el uso y disfrute de la referida vivienda por periodos alternos de tres años a cada uno de los copropietarios, en tanto se proceda a la definitiva liquidación y disolución del regimen económico matrimonial, sin imposición de costas.".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que lo impugnó; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 4-5-04.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. ANTONIO LOPEZ CARRASCO MORALES.

SE ACEPTAN los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SE INADMITE el fundamento de derecho segundo de la sentencia apelada, substituido por los de la presente sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El actor recurre la sentencia recaida en procedimiento de modificación de efectos de separación, por considerar que la demandada Sra. Elsa ha obrado de mala fe al pedir la ejecución de sentencia de separación de 1 de marzo de 1995 que otorgaba a su favor la vivienda sita en c/ CALLE000 NUM000 , NUM001 NUM002 , cuando voluntariamente había marchado de ella con el hijo, y comprado otra en 1999, en la misma localidad sita en c/ DIRECCION000 NUM003 NUM004 , consintiendo que el Sr. Guillermo permaneciese en el uso de la vivienda primeramente citada. Negó que el hijo de 28 años, Guillermo , necesitase vivir allí a pesar de haber formado familia con compañera y tenido descendencia, porque tal argumento no puede aceptarse dado que se ha incorporado al mundo del trabajo, y goza de independencia económica. Por todo ello, entendió no concurrir supuesto alguno de necesidad para dar lugar a modificar la sentencia de separación en el sentido que lo hace el Juzgado 4 de Rubi, al conceder el uso de la referida vivienda a la Sra. Elsa por periodo de tres años, y alternativamente, por otros tres años siguientes al Sr. Guillermo . De...

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