SAP Málaga 690/2000, 27 de Noviembre de 2000

PonenteFERNANDO DE LA TORRE DEZA
ECLIES:APMA:2000:4685
Número de Recurso194/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución690/2000
Fecha de Resolución27 de Noviembre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 5ª

SENTENCIA Nº 690

Iltmos. Sres.

Presidente

D. Wenceslao Diez Argal

Magistrados

D. Fernando de la Torre Deza

Dª María José Torres Cuéllar

En Málaga a veintisiete de Noviembre de dos mil.

Vistos en grado de apelación, ante la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, los autos de juicio incidental n° 98/97 procedentes del Juzgado de Primera Instancia n° 2 de Estepona sobre modificación de medidas adoptadas en anterior pleito de divorcio, seguidos a instancia de D. Luis María representado por el Procurador Sr. Torres Ojeda, contra Dª Estíbaliz rebelde en el recurso, siendo parte el Ministerio Fiscal; pendientes ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por el demandante.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia n° 2 de Estepona, dictó sentencia de fecha doce de Febrero de 1.999 en el juicio incidental n° 98/97 del que este rollo dimana, cuya parte dispositiva dice así: "Estimando parcialmente la demanda presentada por D. Luis María contra Da Estíbaliz acuerdo que la aportación económica del Sr. Luis María para la pensión alimenticia de la madre y el hijo es de doce mil pesetas mensuales pagaderas dentro de los cinco días primeros de cada mes, y actualizables conforme a las variaciones del I.P.C., cantidad a pagar desde la fecha de interposición de la presente demanda incidental de modificación de acuerdos, sin perjuicio de las cantidades que deba pagar el Sr. Luis María en cumplimiento de la sentencia de 18 de octubre de 1.990 , hasta la fecha de interposición de la presente demanda.

Sin hacer expresa declaración sobre las costas".

SEGUNDO

Contra la expresada sentencia interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación el demandante, el cual fue admitido a trámite siendo emplazadas las partes para que comparecieran ante estaAudiencia. Personadas fueron entregados los autos a las mismas para instrucción durante diez días y, se señaló la vista del recurso que tuvo lugar el día veintiuno de Noviembre de dos mil, en la cual el Letrado de la parte apelante informó en apoyo de sus pretensiones y solicitó la revocación de la sentencia recurrida en el sentido que se dirá, no así el Ministerio Fiscal que interesó su confirmación, no asistiendo la otra parte apelada.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Fernando de la Torre Deza.

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, así como los fundamentos de derecho y

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Interesa la parte apelante la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR