SAP Jaén 443/2000, 27 de Septiembre de 2000

PonenteMARIA JESUS JURADO CABRERA
ECLIES:APJ:2000:1585
Número de Recurso86/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución443/2000
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª

SENTENCIA N° 443

Iltmos. Sres.

PRESIDENTE.

Dª. Mª Jesús Jurado Cabrera

MAGISTRADOS

Dª. Lourdes Molina Romero

D. Enrique del Castillo Rodríguez Acosta

En la Ciudad de Jaén a veintisiete de septiembre de dos mil

Vistos en grado de apelación, por la Sección 1ª de esta Audiencia Provincial los Autos de Juicio de Cognición, seguidos en primera instancia con el número 182 del año 1.999, por el Juzgado de Primera Instancia de Baeza , rollo de apelación de esta Audiencia número 86 del año 2.000, a instancia de D. Luis Enrique y Dª. Montserrat , representado en la instancia por la Procuradora Sra. Mola Tallada y defendido por el Letrado Sr. Mola Tallada, contra Comunidad de Regantes Viña Blanca Charcones, representado en la instancia por el Procurador Sr. Puche Pérez y defendido por el Letrado Sr. Puche Pérez.

ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de la Instancia de Baeza, con fecha 7 de diciembre de 1.999 .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada, se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que apreciando la excepción de falta de jurisdicción alegada por la demandada, debo absolver y absuelvo en la instancia a la Comunidad de Regantes Viñablanca Charcones representada en autos por el Procurador Sr. Puche Pérez de la demanda frente a ella interpuesta por D. Luis Enrique y Dª. Montserrat representados por la Procuradora Sra. Mola. Tallada, imponiendo a los actores las costas procesales".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso por los actores, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Jugado de Primera Instancia de Baeza, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso en error en la apreciación de la prueba, entendiendo que no debe apreciarse la excepción, solicitando la revocación de la sentencia y se dicte otra por la que se estime la demanda, solicitando el recibimiento a prueba en esta alzada.

TERCERO

Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación, se presentó escrito impugnándolo por la comunidad demandada, solicitando la confirmación de la sentencia, remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, en la que se formó el rollo correspondiente, habiéndose celebrado vista para alegaciones sobre prueba, el día 25-9-2.000.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales. SiendoPonente la Magistrada Dª. Mª Jesús Jurado Cabrera.

ACEPTANDO los Fundamentos de Derecho de la resolución impugnada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Tras el análisis de las actuaciones, y el examen de la excepción de incompetencia de jurisdicción, alegada por la parte demandada y estimada correctamente por el Juzgador de instancia, llegando la Sala a idéntica conclusión de que debe ser acogida Ficha excepción en base a los razonamientos ya expuestos por el Juez a quo, en la sentencia recurrida, que aquí se dan por reproducidos, considerando aquella eresolución totalmente ajustada a derecho.

Al respecto, es preciso tener en cuenta que las Comunidades de regantes no constituye, pese a su denominación, comunidades de bienes y derechos carentes de...

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