SAP Zaragoza 472/2000, 10 de Julio de 2000

PonenteEDUARDO NAVARRO PEÑA
ECLIES:APZ:2000:1968
Número de Recurso854/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución472/2000
Fecha de Resolución10 de Julio de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 4ª

SENTENCIA NUMERO CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS

Ilmos. Señores:

Presidente:

D. José J. Solchaga Loitegui

Magistrados:

D. Javier Seoane Prado

D. Eduardo Navarro Peña

En la Ciudad de Zaragoza a diez de Julio de dos mil.

En nombre de S.M. el Rey.

VISTO por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los Magistrados del margen, el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en fecha 27 de Noviembre de 1999 por el Juzgado de Primera Instancia número Dos de los de Zaragoza, en autos de Juicio Declarativo Ordinario de Menor Cuantía seguidos con el número 384 de 1999 , sobre reclamación de cantidad, de que dimana el presente rollo de apelación numero 854 de 1999, en el que han sido partes, apelante, la demandante, entidad mercantil SCHINDLER S.A., representada por el Procurador D. José Ignacio de San Pío Sierra y asistido del Letrado D. José Gastón Sanz, y apelada, la demandada ZURICH ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., representada por el Procurador D. Fernando Gutiérrez Andreu y asistida del Letrado D. Enrique Laguna Aranda, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Eduardo Navarro Peña que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los correlativos de la sentencia recurrida; y

PRIMERO

La anterior sentencia contiene la parte dispositiva siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda deducida por la representación procesal de Schindler S.A. contra Zurich Internacional España Compañía de Seguros y Reaseguros S.A., debo condenar y condeno a dicha demandada a que abone a la parte actora la cantidad de cuatrocientas mil pesetas (400.000 ptas.), más los intereses legales desde la fecha de la interpelación judicial, sin expresa condena en costas, cada parte sufragará las propias y las comunes por mitad."

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma recurso de apelación, en tiempo y forma hábiles, por la representación procesal de la mercantil actora, Schindler S.A., recurso que fue admitido en ambos efectos, remitiéndose los autos originales a esta Audiencia Provincial, Sección Cuarta, previo emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidos los autos, formado el correspondiente rollo, y personadas en tiempo y formahábiles apelante y apelada, se siguió el trámite legal, señalándose, finalmente, para la celebración de la vista del recurso la audiencia del día 4 del corriente mes de Julio, en cuyo acto las partes informaron en apoyo de sus respectivas pretensiones.

CUARTO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los correlativos de la sentencia de primer grado.

PRIMERO

La mercantil actora, Schindler S.A., dedujo demanda ejercitando acción directa, ex artículo 76 de la Ley de Contrato de Seguro , frente a la entidad Zurich España, Compañía de Seguros y Reaseguros S.A., por razón de la póliza de seguro n° 950220034-9, concertada con el Colegio de Abogados de Zaragoza, que cubría y garantizaba la responsabilidad civil profesional de sus Colegiados, derivada del ejercicio de la profesión de Abogado, en reclamación de la suma de 24.900.000 pesetas como indemnización por los daños y perjuicios irrogados a la misma a consecuencia de la negligencia profesional del Letrado Sr. Acebal en la defensa de los intereses de la actora en la tramitación del recurso de casación preparado contra la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-...

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