SAP Barcelona 3/2007, 10 de Enero de 2007

PonenteAGUSTIN FERRER BARRIENDOS
ECLIES:APB:2007:1501
Número de Recurso952/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución3/2007
Fecha de Resolución10 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DIECISEIS

ROLLO Nº 952/2005-A

JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 61/2004

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 36 DE BARCELONA

S E N T E N C I A N ú m. 3/2007

Ilmos. Sres.

D. AGUSTÍN FERRER BARRIENDOS

D. JORDI SEGUÍ PUNTAS

D. JOSÉ LUIS VALDIVIESO POLAINO

En la ciudad de Barcelona, a diez de enero de dos mil siete.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Dieciseis de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio de Procedimiento Ordinario nº 61/2004, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 36 de Barcelona, a instancia de AGENCIA ESTATAL DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA, representada por el Abogado del Estado, contra GRAUWAY S.A., INMO PROMENS S.L. y DISTRIBAN S.A., representadas por el Procurador D. Antonio Mª de Anzizu Furest; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 6 de Julio de 2004, por el Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que DESESTIMANDO la demanda interpuesta por el Letrado del Estado, en representación de la Agencia Tributaria, contra DISTRIBAN S.A. INMOPREMENS S.L. Y GRAUWAY S.A representadas por el Procurador de los Tribunales Don Antonio María Anzizu Furest, debo absolver y absuelvo a la parte demandada, sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas procesales".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora, mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso mediante escrito; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día diecisiete de mayo de 2006.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. AGUSTÍN FERRER BARRIENDOS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Administración Tributaria, acreedora de Distriban SA por un importe final de 441.990,37 euros, pretende se declare la nulidad de dos operaciones jurídicas: La aportación de determinada finca a la sociedad Inmo Proens SL a cambio de determinadas participaciones, documentada en escritura de 2 de octubre de 1995 y la venta de las anteriores participaciones a Grauway SA en junio julio del año siguiente. Y ello por razón de simulación y, subsidiariamente, por ser efectuadas en fraude de su crédito.

Distriban SA fue declarada administrativamente insolvente en 8 de enero de 2001 y ha causado baja en el Registro Mercantil (f. 93v). También consta cerrada la hoja de Inmo Proens SL en el referido Registro (f. 212).

La sentencia del Juzgado de Primera Instancia desestima la demanda no obstante considerar que existen bastantes indicios en el sentido interesado por la parte demandante y contra dicha resolución recurre la parte demandante reproduciendo en esta alzada su pretensión inicial.

SEGUNDO

Revisadas las actuaciones practicadas, este Tribunal coincide en esencia con el relato de hechos que contiene la sentencia recurrida pero disiente de la valoración efectuada por el Juzgador de Primera Instancia. Creemos que se dan en el presente caso todos los aspectos clásicos de la simulación defraudatoria en una operación prácticamente de manual: Transferencia del patrimonio efectivo de la sociedad investigada por Hacienda de la que se derivará una importante deuda, a otra sociedad igualmente controlada por los socios de la primera a cambio de determinadas participaciones sociales y posterior venta de las mismas a una tercera aparentemente también controlada, todo ello sin una finalidad normalizada, en coincidencia temporal con la inevitable ejecución y a través de unas manifestaciones artificiales de valor vil del patrimonio que se hace desaparecer.

En efecto: 1) El control tanto de la sociedad deudora (Distriban SA) como de Inmo Proens SL por la familia Sala es prácticamente incontrovertido: La primera domiciliada en el propio domicilio del bufete y la segunda manejada por los mismos de una forma no ocultada. No ya porque el manejo de las cuentas lo realicen efectivamente los hermanos Sala (f. 231 y 232); ni porque se hipotequen los bienes para pago de deudas personales de un significado miembro de la familia sin que se considere que ello genera crédito alguno contra éste, ni siquiera porque lo diga de forma descarnada en el acta de inspección quien era administrador testaferro (Sr. Romeo f. 230) sino incluso porque así se reconoce al contestar la demanda cuando se quiere justificar toda esta arquitectura defraudatoria diciendo que se hizo para poner a salvo estos bienes de Hacienda y así poder pagar lo que afirman que se debía a otro familiar suyo (Sr....

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