SAP Cádiz, 25 de Marzo de 1998

PonenteALBERTO RODRIGUEZ MARTINEZ
Número de Recurso286/1997
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución25 de Marzo de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 4ª

SENTENCIA Nº

Iltms. Srs.:

Presidente:

D. Manuel Zambrano Ballester

Magistrados:

D. Alberto Rodríguez Martínez

D. Jesús María Hidalgo González

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

Nº. 6 de Jerez de la Frontera

JUICIO de menor cuantía Nº. 64/95

ROLLO Nº. 286/97

En la Ciudad de Cádiz, a 25 de marzo de 1.998

Vistos por la Sección cuarta de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación , los autos referenciados al margen, en los que son apelantes, D. Victor Manuel , D. Manuel , DOÑA Irene , D. Pedro Miguel , DOÑA Encarna , DOÑA Carolina , D. Lorenzo Y DOÑA Ángeles , representados en esta instancia por el Procurador Sr. Ruiz de Velasco Linares y asistidos del Letrado Sr. Montes Martínez y parte apelada

D. Alvaro , representado por el Procurador Sr. Gómez Armario y asistido del Letrado Sr. Calderón Capilla.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los de la sentencia recurrida y:

  1. - Por el Iltmo. Sr. Magistrado Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Jerez de la Frontera, con fecha 11 de Julio de 1.997 se dictó sentencia en el juicio ya referenciado, cuyo fallo literalmente dice: "que estimando parcialmente la demanda formulada por el Procuradora Doña Isabel Moreno Morejón, en nombre y representación de D. Victor Manuel , D. Manuel , DOÑA Encarna , DOÑA Carolina , D. Lorenzo Y DOÑA Ángeles , contra D. Alvaro , debo condenar y condeno a esta a que pague a dicha parte actora la cantidad de ciento veinticuatro mil cuatrocientas ochenta y cinco (124.485) pesetas como suma principal reclamado, mas los interposición judicial de la demanda, debiendo cada parte abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad".2º.- Contra dicha sentencia se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por la ya mencionada representación de D. Victor Manuel , D. Manuel , DOÑA Irene , D. Pedro Miguel , DOÑA Encarna , DOÑA Carolina , D. Lorenzo Y DOÑA Ángeles ., y admitido el recurso en ambos efectos, conferidos los preceptivos traslados, elevados los autos a esta Audiencia, formado el correspondiente rollo, fue designado Magistrado Ponente y una vez personadas las partes, se celebró la vista oral preceptiva el día 24 de Marzo, con la asistencia de la representación de los apelantes, que solicito la revocación de la sentencia apelada y se dictase otra de acuerdo con sus peticiones de primera instancia, con imposición ala contraparte de las costas de ambas instancias y con la asistencia también de la representación de la parte apelada, que solicitó la confirmación de dicha sentencia por sus propios fundamentos.

  2. - En la tramitación de esta recurso, se han observado las formalidades legales, excepto la observancia del plazo para dictar sentencia.

  3. - Ha sido Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. D. Alberto Rodríguez Martínez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la sentencia recurrida, excepto el primero, en cuanto se oponga a los siguientes, y el segundo y:

PRIMERO

Como se afirma en el Fundamento de Derecho primero de la sentencia recurrida, en el juicio al que el presente rollo de sal se refiere, se ejercitan, en acumulación objetivo- subjetiva, dos acciones perfectamente diferenciadas : a) una acción dirigida a la condena del demandado a no utilizar para su establecimiento la denominación de "VENTA SAN HERMENEGILDO" y b) una acción resarcitoria de supuesto daños y débitos del demandado, derivados de la extinción de dicho contrato arrendatario.

SEGUNDO

La representación de los recurrente impugna la sentencia recurrida, en primer término, en cuanto desestima la acción reseñada en el apartado a) del precedente Fundamento de Derecho de esta sentencia -acción dirigida a la condena del...

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