SAudiencia Provincial, 22 de Junio de 1999

PonenteELOY MENDAÑA PRIETO
Número de Recurso821/1998
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución22 de Junio de 1999
EmisorAudiencia Provincial

SENTENCIA

Barcelona, a veintidós de junio de mil novecientos noventa y nueve.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia antes señalada, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su parte dispositiva literalmente lo siguiente FALLO: "Que debo mandar y mando seguir adelante la ejecución despachada contra los bienes de doña Esther hasta hacer trance y remate de los bienes embargados y que se embarguen en lo sucesivo y con su producto hacer pago a la actora de DOS MILLONES (2.000.000) pesetas en concepto de principal, más los intereses legales de dicha cantidad; todo ello sin hacer expresa imposición de las costas causadas en juicio."

La parte dispositiva del auto aclaratorio de la sentencia anteriormente mencionada es del tenor literal siguiente: "En atención a todo lo expuesto, SSª. Iltma., HA DECIDIDO:

Aclarar la sentencia recaída en el presente procedimiento con fecha 20.5.98, quedando el encabezamiento de la misma redactado de la siguiente forma:Vistos por el Ilmo. Sr. D. Antonio Recio Córdova, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia

n. 30 de esta ciudad, los presentes autos de Juicio Ejecutivo n. 530/97 seguidos a instancia de construcciones Serralvo, S.L., representada por el Procurador Sr. Ruíz Castel, contra doña Esther , representada por la Procuradora Sra. Rami Villar, sobre reclamación de cantidad."

SEGUNDO

Las partes comparecidas antes identificadas manifestaron en el acto de la vista del recurso de apelación, celebrada el día y a la hora fijadas previamente, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en los que las fundamentan, según consta en el acta autorizada por el/la Secretario/a Judicial que consta unida a los autos.

Fundamenta la decisión del Tribunal el/la Magistrado/a Ponente ELOY MENDAÑA PRIETO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Las dos partes procesales interponen recurso de apelación contra la sentencia dictada en primera instancia, si bien con finalidades distintas y contrapuestas. Así, la parte actora solicita la revocación de la misma a fin de que se dicte sentencia de remate por la totalidad del capital de las le tras de cambio adjuntadas a la demanda, rechazándose la excepción de novación alegada por la demandada por no estar acreditada la misma; en cambio, esta ultima solicita la revocación de la sentencia para que sea absuelta totalmente por que al haberse apreciado la excepción de novación alegada no procede dictar sentencia de remate...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR