SAP Málaga 20/2007, 18 de Enero de 2007
Ponente | JOAQUIN IGNACIO DELGADO BAENA |
ECLI | ES:APMA:2007:20 |
Número de Recurso | 744/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 20/2007 |
Fecha de Resolución | 18 de Enero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª |
S E N T E N C I A Nº 20/07
AUDIENCIA PROVINCIAL MÁLAGA
SECCION CUARTA
PRESIDENTE ILMO. SR.
D.MANUEL TORRES VELA
MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.
D.JOAQUIN DELGADO BAENA
D.MELCHOR HERNANDEZ CALVO
REFERENCIA:
JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 10 DE MALAGA
ROLLO DE APELACIÓN Nº 744/2006
JUICIO Nº 1089/2004
En la Ciudad de Málaga a dieciocho de enero de dos mil siete.
Visto, por la SECCION CUARTA de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al márgen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Proced. Ordinario (N) seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso CP DIRECCION000 NUM000 que en la instancia fuera parte demandada y comparece en esta alzada representado por el Procurador D. CARLOS GONZALEZ OLMEDO y defendido por el Letrado D.. Es parte recurrida ESTABLECIMIENTOS JUAN LUCAS S.A. que está representado por el Procurador D. JOSE DOMINGO CORPAS y defendido por el Letrado D. RUIZ TRUJILLO, JOSE, que en la instancia ha litigado como parte demandante.
El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 17/5/06, en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que estimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador D. JOSE DOMINGO CORPAS en representación de "ESTABLECIMIENTOS JUAN LUCAS S.A." contra "COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000 " representada por el Procurador D. CARLOS GONZÁLEZ OLMEDO:
1) Debo declarar y declaro la nulidad de pleno derecho del acuerdo adoptado en la Junta General Extraordinaria de C.P. DIRECCION000 nº NUM000, de fecha 29 de abril 2004, en relación al punto 1º, ("Lectura y aprobación, en caso, de las cuentas de ejercicios anteriores, hasta el año 2003"), en lo que respecta a la liquidación a corregir del local de la actora.
2) Debo declarar y declaro la nulidad de pleno derecho del acuerdo adoptado en expresa Junta en relación al punto 9º del orden del día, "Obras e instalaciones no autorizadas realizadas por Juan Lucas".
3) Se imponen las costas ocasionadas en el presente procedimiento a la parte demandada".
Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 17/01/07quedando visto para sentencia.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN DELGADO BAENA quien expresa el parecer del Tribunal.
Por la representación procesal de la Comunidad de Propietarios DIRECCION000 nº NUM000, que comparece en calidad de apelante, se alega que la sentencia recurrida no es ajustada a derecho, ya que ha existido error en la valoración de la prueba por parte del la Juez de Instancia, al considerar que no fue realizada la convocatoria para la junta de fecha 29 de abril de 2004, ya que resultó probado que la misma se hacía por correo ordinario, excepcionalmente por correo con acuse de recibo. Añadiendo que conocía la entidad Juan Lucas...
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