SAP Vizcaya 425/2005, 31 de Mayo de 2005

PonenteFERNANDO VALDES-SOLIS CECCHINI
ECLIES:APBI:2005:1547
Número de Recurso109/2004
Número de Resolución425/2005
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 425/05

ILMOS. SRES.D. FERNANDO VALDES SOLIS CECCHINI

D. IGNACIO OLASO AZPIROZ

Dña. LOURDES ARRANZ FREIJO

En BILBAO, a treinta y uno de mayo de dos mil cinco.

Vistos en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de Bilbao, Sección Cuarta, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se reseña, los presentes autos de JUICIO ORDINARIO Nº 450/03, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 11 de Bilbao y seguidos entre partes: Como apelante Constanza

, representado por el Procurdor Sr. López Martínez y dirigido por el Letrado Sr. Puente Ordóñez y como parte apelada que se opone al recurso ITALO CREMONA IC OPTICS ESPAÑA, S.L., representada por el Procurdor Sr. Pérez Guerra y dirigida por la Letrada Sra. Ribó López.

SE ACEPTAN y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia de instancia de fecha 13 de Noviembre de 2003 es de tenor literal siguiente:

"FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por la representación de D. Constanza contra ITALO CREMONA IC OPTICS ESPAÑA, S.L., debo absolver y absuelvo a ésta de los pedimentos formulados de contrario, con imposición de costas a la parte actora.".

SEGUNDO

Publicada y notificada dicha Resolución a las partes litigantes, por la representación de la parte demandante se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que, admitido por el Juzgado de Instancia y tramitado en legal forma ha dado lugar a la formación del presente rollo, al que ha correspondido el nº 109/04 de Registro y que se ha suscitado con arreglo a los trámites de los de su clase.

TERCERO

Hecho el oportuno señalamiento para la votación y fallo del presente recurso, quedaron las actuaciones sobre la Mesa del Tribunal para la deliberación y resolución.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Ha sido Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado D. FERNANDO VALDES SOLIS CECCHINI .

Se acepta y da por reproducida la fundamentación jurídica de la Sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Impugna la Sentencia recurrida la parte apelante aduciendo en primer término incongruencia de la sentencia al no haberse detenido a estudiar los temas concernientes a la demanda que tiene presentada, en procedimiento distinto y antecedente al que nos ocupa, el recurrente impugnando la Junta en la que se designó administrador de la SL a quien convocó en su día la presente y, en segundo lugar, que no se incluyeran en el orden del día de la Junta que nos ocupa determinados extremos cuya inclusión solicitó el apelante mediante carta enviada el día 28 de marzo de 2.003.

Atinente a la incongruencia recordar que las sentencias no tienen que analizar todos los hechos que se contemplan en los escritos forenses; y menos aquellos que a todas luces son irrelevantes para la resolución del pleito como, en el caso de autos, el hecho de que el administrador convocante lo sea quien tiene el cargo impugnado en otro procedimiento. Hecho irrelevante a todas luces si tenemos presente que los acuerdos sociales son ejecutivos y sólo se suspende la ejecución como medida cautelar, a petición de parte y conforme a lo dispuesto en los arts. 721 y ss, y concretamente en el art. 727, 10º, de la LECivil . En la demanda testimoniada en autos ( testimonio presentado por el demandado ) no consta que se haya solicitado la...

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