SAP Murcia 177/2000, 29 de Mayo de 2000

PonenteMARIA JOVER CARRION
ECLIES:APMU:2000:1503
Número de Recurso26/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución177/2000
Fecha de Resolución29 de Mayo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 2ª

SENTENCIA nº 1 7 7 / 0 0

Ilmos Sres.

D. Abdón Díaz Suarez

Presidente

Dª María Jover Carrión

D. Fernando López del Amo González

Magistrados

En Murcia, a veintinueve de mayo de dos mil.

Habiendo visto en grado de apelación la SECCION SEGUNDA de esta Lima. Audiencia Provincial los autos de Juicio de Menor Cuantía nº 4/99, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado civil de Murcia Uno, entre las partes: como actora "Técnicas de Filtración y Bombeo, S.A.", representada por el Procurador Sr. Berenguer López, y dirigida por el Letrado Sr. Martínez Talavera, y como demandada "Surhey, S.A.", representada por el Procurador Sr. Jiménez Martínez, y dirigida por el Letrado Sr. Rodríguez Mederos. En esta alzada actúa como apelante la demandada, representada por el Procurador Sr. Jiménez Martínez y dirigida por el Letrado Sr. Rodríguez Mederos, y como apelada la actora, representada por el Procurador Sr. Berenguer López, y dirigida por el Letrado Sr. Martínez Talavera. Siendo Ponente la Ilma. Sra. Doña María Jover Carrión, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instancia citado, con fecha 15 de noviembre de 1.999 dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda promovida por el Procurador D. Francisco Javier Berenguer López y representación de Tecnicas de Filtración y Bombeo S.A. contra Surhey S.A. representada por el Procurador

D. Carlos Jimenez Martinez condeno a la demandada a que pague a la actora 1.177.403 ptas. (UN MILLON CIENTO SETENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTAS TRES PESETAS), intereses solicitados y costas del Juicio.".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por la representación de "Surhey, S.A.", siendo admitido en ambos efectos y con emplazamiento de las partes, fueron remitidos los autos originales a esta Audiencia en la que se formó el oportuno Rollo por la Sección Segunda con el nº 26/00, compareciendo las partes indicadas en la cualidad antes expresada y tras eltraslado de instrucción, se señaló la vista para el día 23 de mayo de 2.000, que se celebró con asistencia de los Letrados respectivos que solicitaron, el de la parte apelante su revocación y el de la parte apelada su confirmación.

TERCERO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El primer motivo del recurso se formula «por infracción de las normas que rigen los actos procesales, y concretamente la exigencia de aportación documental prevista en el artículo 504 de la Ley de Enjuiciamiento Civil», al haber aportado el demandante documentos en dos momentos procesales extemporáneos, concretamente con la proposición de prueba, y después del trámite de resumen de pruebas (folios 58 y 187 respectivamente).

A este respecto, conviene destacar que las aportaciones de documentos impugnadas no contradicen lo establecido en el artículo 504, toda vez que el fundamento esencial del derecho invocado por el actor, según el planteamiento de la demanda, era el contrato de ejecución de obra contemplado en los artículos

1.588, 1597 y concordantes del C.C., y no puede negarse al demandante la posibilidad de probar hechos tendentes a desvirtuar alegaciones de la parte demandada (sentencias del Tribunal Supremo de 9-3-1994, 30-6-98), a ello tiende la aportación del documento que obra al folio 187 que, en definitiva, corresponde a la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de los Polígonos de Actuación 1, 2, 3 y 4, de la Modificación del Plan Parcial Volara", promovido por Surhey, S.A., todo ello en respuesta a...

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