SAP Valladolid 115/2004, 25 de Marzo de 2004
Ponente | JESUS MANUEL SÁEZ COMBA |
ECLI | ES:APVA:2004:428 |
Número de Recurso | 41/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 115/2004 |
Fecha de Resolución | 25 de Marzo de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valladolid, Sección 1ª |
D. JESUS MANUEL SAEZ COMBAD. JOSE RAMON ALONSO MAÑERO PARDALD. JOSE ANTONIO SAN MILLÁN MARTIN
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
VALLADOLID
SENTENCIA: 00115/2004
AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID
SECCION PRIMERA
Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000041/2004
SENTENCIA Nº 115
ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID
SECCION PRIMERA
Ilmo. Sr. Presidente: D. JESUS MANUEL SAEZ COMBA
Ilmos. Sres. Magistrados:
D.JOSE RAMON ALONSO MAÑERO PARDAL
D.JOSE ANTONIO SAN MILLÁN MARTIN
En VALLADOLID, a veinticinco de Marzo de dos mil cuatro.
VISTOS por esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid, en grado de apelación, los autos de juicio ordinario nº 463/03-A del Juzgado de 1ª Instancia núm. Ocho de Valladolid, seguido entre partes, de una como demandante apelante D. Gaspar mayor de edad y vecino de Valladolid, que actúa en representación de su madre Dª Ana María , representado por el Procurador D. Santiago Donis Ramón y defendido por el Letrado D. José Ignacio Fernández Navares, y como demandada apelada Dª Silvia mayor de edad y vecina de Valladolid, representada por el Procurador D. Cristóbal Pardo Toron y defendida por el Letrado D. José C. Piñeyroa de la Fuente; sobre realización de obras.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 21 de Noviembre de 2.003, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: "Que desestimando la demanda formulada por el Proc. Sr. Donis Ramón en nombre y representación de Don Gaspar en representación de su madre Dª Ana María , contra Silvia , debo absolver y absuelvo a la demandada de la pretensión contra ella ejercitada, sin hacer expresa imposición de costas por las razones expuestas".
Notificada a las partes la referida sentencia, por el Procurador Sr. Donis Ramón en representación del actor se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Recibidos los autos en este Tribunal y personadas las partes, se señaló para deliberación, votación yfallo el día 18 de los corrientes, en que ha tenido lugar lo acordado.
Vistos, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JESUS MANUEL SAEZ COMBA.
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- Se ha solicitado en este procedimiento la condena de la parte demandada a la realización de una serie de obras que tienen como finalidad reponer a su estado primitivo partes de un inmueble propiedad de la parte demandante que han resultado afectadas como consecuencia de las actuaciones constructivas realizadas por la demandada.
La sentencia de instancia desestima la demanda y contra dicha resolución se alza el presente recurso de apelación que interpone, naturalmente, la parte demandante.
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- Desde el punto de vista puramente teórico, la sentencia de instancia es absolutamente correcta en cuanto determina los requisitos necesarios para la procedencia de la acción derivada de culpa extracontractual, así como también la consideración sobre la situación jurídica básica del promotor y la conceptuación de su responsabilidad en supuestos como el presente en base al artículo 1902 y por el concepto de la culpa in eligendo.
Por otro lado no es objeto de debate en este procedimiento la existencia de unos daños en la propiedad de la demandante, su alcance y forma de reparación, pues sobre ello no se ha hecho cuestión por ninguna de las partes en el presente recurso.
El tema básico radica en la...
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