SAP Lugo 404/2002, 28 de Noviembre de 2002

PonenteMARIA LUISA SANDAR PICADO
ECLIES:APLU:2002:1049
Número de Recurso436/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución404/2002
Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Lugo, Sección 2ª

SENTENCIA NÚMERO 404

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. EDGAR FERNANDEZ CLOOS, Presidente.

Dª. MARIA LUISA SANDAR PICADO, Ponente.

D. LUIS GARCIA RODRIGUEZ.

En LUGO , a veintiocho de Noviembre de dos mil dos.

La Ilma. Audiencia Provincial de Lugo, ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala n° 436/02, dimanante de los autos de juicio de Menor Cuantía n° 237/00, tramitado por el Juzgado de Primera Instancia n° 2 de Lugo, sobre acción de reclamación de cantidad. Es parte apelante el demandante D. Pedro , representado por la Procuradora Srª. Erlina Sabariz García, y asistido del Letrado Sr. Fiuza Diego y apelada la demandada "Winterthur Seguros Generales S.A. de Seguros y Reaseguros", representada por la Procuradora Sra. Fernández Peinado, asistida del Letrado Sr. Armenteros Montiel. Actúa como ponente y expresa el parecer de la Sala la Magistrada Ilma. Srª Dª. MARIA LUISA SANDAR PICADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia n° 2 de Lugo en fecha dos de marzo de dos mil dos, dictó sentencia en cuya parte dispositiva se establece: "FALLO: Que, estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Srª. Sabariz García, en nombre y representación de D. Pedro contra la entidad aseguradora "La Equitativa, Grupo Winterthur", condeno a ésta a abonar al actor la suma de 200.000 pts, incrementada con los intereses establecidos en el art. 20 de la L.C.S., sin que proceda hacer expresa imposición de costas en el presente procedimiento".

SEGUNDO

La parte demandante D. Pedro interpuso recurso de apelación contra la citada sentencia que fue admitido en ambos efectos, por lo que se elevaron las actuaciones a la Audiencia Provincial, correspondiendo por el turno de reparto a esta Sección 2ª.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se ha seguido la nueva L.E.C. por ser la sentencia del Juzgado de 1ª Instancia de fecha posterior al 8 de Enero de dos mil uno y se han observado todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se centra el presente recurso en la operatividad que habrán de tener las condicionesgenerales, en orden a aminorar la cantidad que en las condiciones particulares se recoge respecto al seguro de ocupantes, como capital asegurado en caso de invalidez permanente del conductor. No existe controversia ni en cuanto a la existencia del contrato de seguro, ni a la producción del siniestro, sino tan solo respecto a la valoración que conforme a la póliza ha de tener la incapacidad permanente que sufre el lesionado, centrándose la misma, tal y como expone el perito médico, en un acortamiento de 4,5 cm. de la extremidad inferior izquierda.

SEGUNDO

La parte actora en su demanda alude tan solo a las condiciones particulares del contrato de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR