SAP Las Palmas 30/2004, 12 de Enero de 2004
Ponente | Emma Galcerán Solsona |
ECLI | ES:APGC:2004:72 |
Número de Recurso | 33/2003 |
Número de Resolución | 30/2004 |
Fecha de Resolución | 12 de Enero de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Las Palmas, Sección 4ª |
52375237
SENTENCIA
Iltmos. Sres.
Presidente:
Dª. Emma Galcerán Solsona (Ponente) Magistrados:
D. Francisco José Soriano Guzmán D. Victor Manuel Martín Calvo En Las Palmas de Gran Canaria
, a 12 de enero de 2004 . SENTENCIA APELADA DE FECHA: 7de junio de 2002 APELANTE QUE SOLICITA LA REVOCACIÓN: D./Dña.
Enrique
VISTO, ante AUDIENCIA PROVINCIAL SECCIÓN CUARTA , el recurso de apelación admitido a la parte demandante , en los reseñados autos, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de fecha 7 de junio de 2002 , seguidos a instancia de D./Dña. Enrique
, parte apelante en esta segunda instancia, representado por el Procurador D./Dña. María del Carmen Bordón Artiles y dirigido por el Letrado D./Dña. José Ramón Rodríguez Rodríguez , contra D./Dña. Luis Francisco
, parte apelada en esta segunda instancia, representado por el Procurador D./Dña. Manuel de León Corujo y dirigido por el Letrado D./Dña. Carmelo López Cabrera .
ANTECEDENTES DE HECHO
El Fallo de la Sentencia apelada dice:
"Que desestimando la demanda formulada por el Procurador Don Pedro Viera Pérez, en nombre y representación de Don
Enrique
, contra Don Luis Francisco
debo acordar y acuerdo al alzamiento de la suspensión acordada sobre las obras realizadas en la finca sita en la CALLE000
nº NUM000
, San Bartolomé de Tirajana, con reserva de acciones para acudir a la vía declarativa".
La relacionada sentencia, se recurrió en apelación por la indicada parte de conformidad a lo dispuesto en el artículo 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y no habiéndose practicado prueba en esta segunda instancia, y tras darle la tramitación oportuna se señaló para su estudio, votación y fallo el día catorce de noviembre de dos mil tres .
Se ha tramitado el presente recurso conforme a derecho, y observando las prescripciones legales. Es Ponente de la sentencia el Iltmo. Sr./a. D./Dña. Emma Galcerán Solsona , quien expresa el parecer de la Sala.
Es objeto del presente recurso de apelación la sentencia dictada en fecha 7 de junio de 2.002. dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de San Bartolomé de Tirajana en los autos de Juicio Verbal 41/02, por lo que desestimando la demanda formulada, se acordó el alzamiento de la suspensión acordada sobre las obras realizadas en la finca sita en la
CALLE000
nº NUM000
, San Bartolomé de Tirajana, con reserva de acciones para acudir a la vía declarativa; fallo aclarado por Auto de 1 de julio de 2002, en el sentido de incluir "con expresa condena en costas al demandante".
Por la parte apelante se solicita la revocación de la sentencia recurrida, y la estimación de la demanda, con imposición al demandado de las costas de ambas instancias.
En defensa de su pretensión se alega en síntesis que es titular de una finca de 162 metros cuadrados, de los cuales están edificados 108 metros cuadrados, quedando un resto de 53 metros cuadrados, zona litigiosa según la escritura pública aportada por el actor; y que la sentencia se basa únicamente en la declaración testifical del tío carnal del demandado, tachado por el actor, quien falta a la verdad aldeclarar que vendió al padre de D.
Enrique
110 ó 120 metros cuadrados cuando el título habla de 162 metros cuadrados.
En dicha escritura, el...
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