SAP Vizcaya 553/2001, 30 de Mayo de 2001

PonenteCONCEPCION MARCO CACHO
ECLIES:APBI:2001:2507
Número de Recurso456/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución553/2001
Fecha de Resolución30 de Mayo de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 3ª

Dª. Dª. CONCEPCION MARCO CACHODª. Dª. ANA ISABEL GUTIERREZ GEGUNDEZDª. Dª. CARMEN KELLER ECHEVARRIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA

BIZKAIKO PROBINTZIA-AUZITEGIA

Sección 3ª

BARROETA ALDAMAR 10 3ª planta

Tfno.: 94(4016664)

Fax: 94-4016992

N.I.G. 48.04.2-99/021908

ROLLO EJECUTIVO 456/00

O.Judicial Origen: Jdo. 1ª Instancia nº 13 (Bilbao)

Autos de JUICIO EJECUTIVO 448/99

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Recurrente: Germán

Procurador/a: MATILDE VIEJO CASANS

Recurrido: GRUPO CRUZCAMPO S.A.

Procurador/a: MARIA BEGOÑA PEREA DE LA TAJADA

SENTENCIA Nº 553

ILMAS. SRAS.

Dña. CONCEPCION MARCO CACHO

Dña. ANA ISABEL GUTIERREZ GEGUNDEZ

Dña. CARMEN KELLER ECHEVARRIA

En la Villa de Bilbao a treinta de Mayo de dos mil uno.

Vistos en grado de apelación ante la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial integrada por las Ilustrísimas Señoras Magistradas del margen los presentes autos de Juicio Ejecutivo nº 448/99 procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 13 de Bilbao y seguidos entre partes: Como apelante: Germán , representado por la Procuradora Sra. Viejo Casans y dirigido por el Letrado Sr. Setien Alvarez; y como apelado: GRUPO CRUZCAMPO, S.A., representada por la Procuradora Sra. Perea de la Tajada y dirigida por el Letrado Sr. Echaniz Aguirre.

SE ACEPTAN y se dan por reproducidos, en lo esencial, los antecedentes de hecho de la Sentencia impugnada, en cuanto se relacionan con la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que la referida Sentencia de instancia, de fecha 14 de Junio de 2000 es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la oposición formulada por D. Germán , representado por la Procuradora de los Tribunales Dª. Matilde Viejo Casans, contra la ejecución decretada a instancias de GRUPO CRUZCAMPO, S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales Dª. Begoña Perea de la Tajada, debo mandar y mando seguir adelante la ejecución despachada contra los bienes del demandado, Germán , hasta hacer trance y remate de los mismos y con su producto entero y cumplido pago a la parte actora de la cantidad de doscientas una mil ciento ochenta pesetas, importe del principal reclamado, más los intereses legales correspondientes y, además, al pago de las costas procesales causadas y que se causen, a cuyo pago debo condenar y condeno expresamente a la parte demandada, Sr. Germán . Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado, en el plazo de cinco días contados desde la notificación de la misma, y para ante la Ilma. Audiencia Provincial. Así, por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.".

SEGUNDO

Que publicada y notificada dicha Resolución a las partes litigantes, por la representación de Germán , se interpuso en tiempo y forma Recurso de Apelación que, admitido en ambos efectos por el Juzgado de Instancia y emplazadas las partes para ante este Tribunal y subsiguiente remisión de los autos, comparecieron las partes por medio de sus Procuradores; ordenándose a la recepción de los autos y personamientos efectuados la formación del presente Rollo al que correspondió el número 456/00 de Registro y que se sustanció con arreglo a los trámites de los de su clase.

TERCERO

Que hecho el oportuno señalamiento y convocadas las partes para la vista del Recurso, se celebró este ante la Sala el pasado día 29 de Mayo de 2001 en cuyo acto, la parte apelante solicitó por medio de su Letrado, la revocación de la Sentencia impugnada y que, en su lugar, se dicte otra por la que acoja los motivos y pretensiones de esta parte, declarando la nulidad de actuaciones o subsidiariamente la nulidad del pagaré, con imposición de costas a la apelada.

La parte apelada solicitó del Tribunal la confirmación de la sentencia de instancia por ser ajustada a derecho, con imposición de costas a la apelante.

Terminado el acto, quedaron las actuaciones sobre la Mesa del Tribunal para deliberación y resolución.

CUARTO

Que en la tramitación del presente recurso, se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente para este trámite la Ilma. Sra. Magistrada DOÑA CONCEPCION MARCO CACHO

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se solicita por la parte apelante en fundamento del recurso de apelación interpuesto por un lado nulidad de actuaciones al considerar que la no realización de la prueba pericial caligráfica admitida por el Juzgador conlleva una evidente y flagrante indefensión como ha resultado de la fundamentación de la sentencia; y por otro alega la nulidad del pagaré en cuanto que considera que la falta de la...

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