SAP Madrid 531/2006, 21 de Noviembre de 2006
Ponente | NICOLAS PEDRO MANUEL DIAZ MENDEZ |
ECLI | ES:APM:2006:14962 |
Número de Recurso | 271/2006 |
Número de Resolución | 531/2006 |
Fecha de Resolución | 21 de Noviembre de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª |
NICOLAS PEDRO MANUEL DIAZ MENDEZ EPIFANIO LEGIDO LOPEZ RAMON RUIZ JIMENEZ
AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 19
MADRID
SENTENCIA: 00531/2006
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN 19
1280A
FERRAZ 41
Tfno.: 91 397 1861-2-3-4-0 Fax: 91 397 19 98
N.I.G. 28000 1 7017407 /2006
ROLLO: IMPUGNACIÓN TASACIÓN DE COSTAS INDEBIDAS. RECURSO DE APELACIÓN 271
/2006
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1126 /2004
JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 48 de MADRID
Apelante/s: INDUSTRIA AVICOLA SUREQA, S.L.
Procurador: MARIA DE LA PALOMA ORTIZ CAÑAVATE LEVENFELD
Apelado/s: Jose Pablo
Procurador: IGNACIO AGUILAR FERNANDEZ
SENTENCIA Nº 531
Ponente: Ilmo. Sr. D. NICOLAS DIAZ MENDEZ
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. NICOLAS DIAZ MENDEZ
D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ
D. RAMON RUIZ JIMENEZ
En MADRID a, veintiuno de Noviembre de dos mil seis.
La Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto el incidente de Impugnación de Costas por Indebidas, seguido entre partes, de una por INDUSTRIA AVÍCOLA SUREÑA S.L. representada por la Procuradora Dña. Paloma Ortiz Cañabate Levenfeld; y de otra por D. Jose Pablo representado por el Procurador D. Ignacio Aguilar Fernández.
VISTO, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. NICOLAS DIAZ MENDEZ, que expresa el común parecer de este Tribunal.
-
ANTECEDENTES DE HECHOS
Una vez firme la Sentencia dictada en el presente Rollo, de fecha de 2 de Junio de 2.006, como la misma contenía condena en las costas procesales de esta apelación a la parte apelante, por la representación procesal de la parte apelada D. Jose Pablo, se instó la práctica de la correspondiente Tasación.
De la Tasación de Costas, practicada el 25 de Julio de 2.006, se dio vista por término legal a las partes. Por la representación de la parte apelante Industria Avícola Sureña S.A., se impugnó la Tasación de costas por indebida respecto a la minuta del Letrado y en cuanto a los derechos del Procurador.
Seguido el incidente por sus trámites legales se señaló para que tuviera lugar la deliberación y votación el día trece de los corrientes.
Se ha de contraer la presente resolución a la impugnación que por el concepto de indebidas viene formulada por la representación procesal de la entidad Industria Avícola Sureña, S.A., a la tasación de costas practicada a instancia de Don Jose Pablo, impugnación que se contrae a la aplicación del IVA esto último tanto en cuanto a los derechos de Procurador como a los honorarios de Letrado; desde lo precedente es de indicar que respecto de dicha cuestión se viene manteniendo criterio constante y uniforme en la doctrina jurisprudencial emanada de la Sala 1ª del Tribunal Supremo, siendo de señalar al respecto las SS de 12-7-2000, que cita la de 17-12-1999, que a su vez se remite a la de 9-5-1995, que cita las de 24-3-1987 y 23-3-1994 y más reciente las de 9 de Diciembre de 2004 y 1 de Abril de 2005 doctrina que ha señalado que el pago del Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente a honorarios de...
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