SAP Granada 332/2000, 10 de Abril de 2000

PonenteJUAN CARLOS TERRON MONTEROVALTU
ECLIES:APGR:2000:1119
Número de Recurso296/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución332/2000
Fecha de Resolución10 de Abril de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 3ª

SENTENCIA NÚM. 332

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. CARLOS J. VALDIVIA PIZCUETA

MAGISTRADOS:

D. JUAN CARLOS TERRÓN MONTERO

D. ANTONIO GALLO ERENA

En la Ciudad de Granada, a diez de abril de dos mil.

La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, formada por los Iltmos. Sres al margen relacionados, ha visto en grado de apelación los precedentes autos, de juicio de menor cuantía, seguidos, en virtud de demanda de Do. Inocencio y Dª. Natalia , representados, en esta alzada, por la Procuradora D María del Carmen Moya Martos y defendidos por la Letrada Dª. Pilar Morales Ibáñez, contra Dª. Paloma , representada, en esta alzada, por la Procuradora Dª. Alicia Luque Diaz y defendida por la Letrada Dª. Gloria Palomares Gamara, y contra Do. Baltasar , en situación de rebeldía. Es parte el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHOS

PRIMERO

La referida sentencia, fechada en veintiséis de marzo de mil novecientos noventa y ocho , contiene el siguiente Fallo: "Que estimando la demanda formulada por la Procuradora doña Carmen Moya Marcos, en nombre y representación de don Inocencio y doña Natalia , debo declarar y declaro haber lugar a privar a los demandados, doña Paloma y don Baltasar , de la patria potestad sobre el hijo menor común de ambos, Jose Pablo , el cual quedará bajo la custodia y cuidado de los demandantes, abuelos paternos del mismo, en tanto no se nombre tutor, quedando los demandantes obligados a promover la constitución de la tutela una vez firme esta resolución, lo cual deberán comunicar oportunamente a este Juzgado; todo ello sin pronunciamiento expreso sobre las costas procesales causadas".

SEGUNDO

Substanciado y seguido el presente recurso por sus trámites en virtud de apelación interpuesta por la parte demandada personada. La Letrada de la parte apelante solicito la revocación de lasentencia apelada, dictándose otra que revoque la privación de la patria potestad, con guardia y custodia por los abuelos, estableciendo un amplio régimen de visitas. Por la Letrada de la parte apelada se solicito la confirmación de la sentencia apelada, por sus propios fundamentos. El Ministerio Fiscal intereso la confirmación de la sentencia por ser ajustada a derecho.

TERCERO

Han sido observada las prescripciones legales de trámite.

Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. JUAN CARLOS TERRÓN MONTERO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Dice nuestro Tribunal Supremo, en sentencia de 31 de diciembre de 1996 que "aunque la patria potestad, como Derecho natural y positivo viene otorgando...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 artículos doctrinales
  • La patria potestad: modificación, suspensión, privación, exclusión, recuperación y extinción
    • España
    • Revista Crítica de Derecho Inmobiliario Núm. 723, Enero 2011
    • 1 janvier 2011
    ...afirma en la sentencia solía deambular solo por la calle, durmiendo o incluso mendigando en ella; la sentencia de la Audiencia Provincial de Granada, sección 3.ª, de 10 de abril de 2000 (AC 2000/4510), solicitan los abuelos paternos la privación de ambos progenitores, pues el menor presenta......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR