SAP Madrid 93/2007, 16 de Marzo de 2007
Ponente | FERNANDO F. ORTEU CEBRIAN |
ECLI | ES:APM:2007:2949 |
Número de Recurso | 114/2007 |
Número de Resolución | 93/2007 |
Fecha de Resolución | 16 de Marzo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 17ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN 17ª
APELACIÓN NUMERO/AÑO: 114/07 RJ
PROCEDIMIENTO : JUICIO DE FALTAS
NUMERO/AÑO : 309/06
JUZGADO DE INSTRUCCION
LOCALIDAD/NUMERO : 7 DE ALCALÁ DE HENARES
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MAGISTRADO:Ilustrísimo Señor
D. Fernando Orteu Cebrián
La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en la causa de
referencia, ha dictado,
EN NOMBRE DE S.M., EL REY,
la siguiente
S E N T E N C I A Nº 93/07
En la Villa de Madrid, a dieciséis de marzo de dos mil siete
La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, constituida como órgano unipersonal, y actuando, en tal concepto, el Ilustrísimo Señor Magistrado don Fernando Orteu Cebrián, ha visto el recurso de apelación nº 114/07 interpuesto por el letrado de don Geziel Basilio Vieira, contra la sentencia dictada, con fecha 27 de julio de dos mil seis, en juicio de faltas número 309/2006 por el Juzgado de Instrucción nº 7 de los de Alcalá de Henares. Intervino como parte apelada don Luis Francisco.
Con fecha 27 de julio de 2006, se dictó sentencia en juicio de faltas número 309/2006 por el Juzgado de Instrucción nº 7 de los de Alcalá de Henares.
En dicha resolución se fijaron los siguientes hechos, como probados:
"De lo actuado en el presente juicio de faltas no resultan debidamente acreditados los hechos objeto de la presente denuncia. No habiendo comparecido ninguna de las partes, el Ministerio Fiscal solicita la absolución del denunciado por falta de pruebas.
Su parte dispositiva contenía el siguiente fallo:
"Que debo ABSOLVER Y ABSUELVO A Luis Francisco de los hechos denunciados, y se declaran de oficio las costas causadas.
Contra dicha sentencia, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por el letrado de don Geziel Basilio Vieira.
Dado traslado a las demás partes, formularon sus alegaciones, presentando escrito de impugnación el letrado de don Luis Francisco. Remitido a este Tribunal, pasó al Magistrado a quien por turno correspondió. No se estimó precisa la celebración de vista, quedando el recurso pendiente para sentencia.
Se mantienen los fijados, como tales, en la sentencia recurrida, que se dan por reproducidos.
Dictada sentencia absolutoria del acusado por falta de acusación al no haber comparecido el...
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