SAP Sevilla 473/2002, 26 de Septiembre de 2002

PonenteVICTOR JESUS NIETO MATAS
ECLIES:APSE:2002:3833
Número de Recurso3800/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución473/2002
Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 2ª

SENTENCIA N° 473 ILTMOS. SRES.

D. RAFAEL MÁRQUEZ ROMERO

D. VÍCTOR NIETO MATAS

D. CARLOS PIÑOL RODRÍGUEZ

En la Ciudad de SEVILLA a veintiséis de septiembre de dos mil dos.

Visto, por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de SEVILLA, juicio de sobre modificación de medidas procedente del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia de

D. Gaspar que en el recurso es parte apelante, contra Dª Iván , que en el recurso es parte apelada y D. Matías , declarado el Rebeldía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 26 de Noviembre de 2.001, en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que debía estimar y estimaba parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador D. Rafael Díaz Baena en nombre y representación de D. Gaspar en el sentido:

  1. - De disminuir la pensión alimenticia fijada en sentencia de fecha 21 de Enero de 1.993, la cual fue confirmada por sentencia de la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Sevilla de fecha 20 de Octubre de

    1.995, de 45.000 ptas. en 40.000 ptas. (Cuarenta Mil pesetas) y en 5.000 ptas. respecto a los meses de Julio y Noviembre, en base a la independencia personal y patrimonial de su hijo Matías .

  2. - Manteniendo la de su ex esposa, al estar englobada en la misma la de un hijo menor y no haber sido parte el Ministerio Fiscal, así como no acreditar ingreso por parte de la misma, la parte actora.

  3. - No es procedente hacer pronunciamiento en costas.4.- Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de apelación ante este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a su notificación.

  4. - Publíquese y líbrese certificación de esta resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el libro de sentencias."

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 25 de Septiembre de 2.002 quedando visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. VÍCTOR NIETO MATAS quien...

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