SAP Vizcaya 158/2000, 25 de Noviembre de 2000
Ponente | REYES GOENAGA OLAIZOLA |
ECLI | ES:APBI:2000:5089 |
Número de Recurso | 177/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 158/2000 |
Fecha de Resolución | 25 de Noviembre de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Vizcaya, Sección 1ª |
SENTENCIA Nº 158
ILMAS. SRAS.
Dña. ANA BELÉN IRACHETA UNDGOITIA
Dña. OLATZ AIZPURUA BIURRARENA
Dña. REYES GOENAGA OLAIZOLA
En BILBAO, a veinticinco de noviembre de dos mil.
vistos en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de Bilbao, Sección Primera, los presentes autos de Juicio de Menor Cuantía nº 177/99, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 6 , siendo parte apelante Maribel , representada por el Procurador Sr. Martínez, y asistida por el Letrado Sr. Alonso, y como parte apelada Antonio , representada por la Procuradora Sra. Basterreche y asistida por el Letrado Sr. Egido.
La Sentencia de instancia de fecha 22 de febrero de 2000 es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando, en prte, la demanda formulada por Dª. Maribel , representada por la Procuradora Sra. Martínez García, contra D. Antonio , representado por la Procuradora Sra. Basterreche Arcocha, debo acordar y acuerdo, respecto al menor, Rogelio , la ratificación de las medidas acordadas por auto de fecha 8 de octubre de 1999 con las modificaciones acordadas por auto de 21 de febrero de 2000 ; todo ello sin hacer expresa imposición de las costas. Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondré por escrito ante este Juzgado en término de quinto día".
Publicada y notificada dicha resolución a las partes litigantes, por la representación de Maribel se interpuesto en tiempo y forma recurso de apelación que, admitido por el Juzgado de instancia y tramitado en legal forma ha dado lugar a la formación del presenta rollo, al que ha correspondido el nº 70/00 de Registro.
Hecho el oportuno señalamiento, se celebró la vista del recurso el pasado día 10 de octubre en cuyo acto:
El Letrado recurrente solicitó la revocación de la resolución recurrida y en cuanto al régimen de visitas solicita que, dado el riesgo de que el padre sustraiga al menor del territorio nacional, se establezca un régimen de visitas tutelado con asistencia de terceras personas y se limiten las visitas al territorio municipal de Bilbao, previo depósito del pasaparte en la Policía. En relación con la pensión alimenticia solicita que se establezca un mínimo de pensión de 40.000 ptas. al mes con la medida cautelar de fiscalizar el estado de las cuentas del negocio del obligado al pago.
El Letrado apelado solicitó la desestimación del recurso y la confirmación de la sentencia en todos sus extremos. En el mismo sentido el Ministerio Fiscal solicitó también la confirmación de la resolución recurrida.
Terminado el acto, quedaron las actuaciones en la Mesa del Tribunal para la deliberación y resolución.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Hasido ponente para este trámite la Ilma. Sra. Magistrada Dña. REYES GOENAGA OLAIZOLA.
DE DERECHO
Se recurre la sentencia dictada el día 22 de febrero de 1999 , en el marco del procedimiento de Menor Cuantía sobre Guardia y Custodia del menor Rogelio . Se pretende la revocación de dicha resolución en dos aspectos: primero en cuanto al régimen de visitas del padre del menor, que se solicita se limiten geográficamente a la ciudad de Bilbao, que se produzcan bajo tutela de terceros y con retirada de pasaporte del padre mientras duran las visitas; y segundo, en cuanto a la fijación de alimentos a favor del menor,...
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