SAP Salamanca 430/2005, 10 de Octubre de 2005
Ponente | JOSE RAMON GONZALEZ CLAVIJO |
ECLI | ES:APSA:2005:629 |
Número de Recurso | 394/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 430/2005 |
Fecha de Resolución | 10 de Octubre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª |
SENTENCIA NÚMERO 430/05
ILMO. SR. PRESIDENTE:
DON JOSE RAMON GONZALEZ CLAVIJO
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
DON ILDEFONSO GARCIA DEL POZO
DON JESUS PEREZ SERNA
En la ciudad de Salamanca a diez de Octubre de dos mil cinco.
La Audiencia Provincial de Salamanca ha visto en grado de apelación el JUICIO de MODIFICACION de MEDIDAS DEFINITIVAS Nº 717/04 del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Salamanca , Rollo de Sala nº 394/05; han sido partes en este recurso: como demandante-apelante Don Mauricio representado por la Procuradora Doña Ángela González Mateos y bajo la dirección de la Letrado Doña Hortensia Boyero Madruga y como demandada- apelada Doña Blanca representada por la Procuradora Doña Laura Nieto Estella y bajo la dirección de la Letrado Doña María Dolores Torres Vizcaya, habiendo versado sobre modificación de medidas definitivas.
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- El día 17 de marzo de 2005 por la Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Salamanca se dictó sentencia en los autos de referencia que contiene el siguiente: "FALLO: Desestimo la demanda interpuesta por Mauricio representado por Dª Ángela González Mateos contra Blanca representada por Dª Laura Nieto Estella a quien absuelvo de todos los pedimentos contra ella contenidos, con imposición de costas a la parte actora".
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- Contra referida sentencia se preparó recurso de apelación por la representación jurídica del demandante concediéndole el plazo establecido en la Ley para interponer el mismo verificándolo en tiempo y forma, quien alega como motivos del recurso: Error en la apreciación de la prueba y en la doctrina aplicable al caso así como en lo relativo al criterio seguido para la imposición de las costas, para terminar suplicando se dicte sentencia en la que se recojan los pedimentos de la demanda por esta parte formulada, así como se desestime la imposición de costas acordada en sentencia de instancia. Solicita práctica de prueba documental.
Dado traslado de dicho escrito a la representación jurídica de la parte contraria por la misma se presentó escrito en tiempo y forma oponiéndose al recurso de apelación formulado para terminar suplicando se dicte sentencia confirmando la dictada por el Juzgado de Primera Instancia, desestimando el recurso interpuesto por el apelante e imponiendo expresamente las costas, a quien lo ha promovido.
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- Recibidos los autos en esta Audiencia se formó el oportuno Rollo, pasando los autos a la Sala para resolver sobre la admisión de la prueba solicitada, denegándose su práctica por Auto de fecha 23 de Junio de 2005 , señalándose para la votación y fallo del presente recurso de apelación el día tres deOctubre de dos mil cinco pasando los autos al Ilmo. Sr. Presidente para dictar sentencia.
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- Vistos, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente DON JOSE RAMON GONZALEZ CLAVIJO.
Con respecto a las presentes actuaciones hay que hacer constar que llama la atención el hecho de que la sentencia que puso fin al procedimiento de divorcio, de 19 de julio de 2000 tan solo establezca una pensión compensatoria para la esposa en atención a la dedicación pasada y futura a la familia, cuando realmente en la misma sentencia se hace referencia a la situación del hijo del matrimonio que no pudo incorporarse a la vida laboral manteniendo trastornos de conducta y permaneciendo bajo el cuidado y atención de la madre, razón por la que se establece una pensión compensatoria de 150.000 pesetas actualizables conforme a las variaciones del IPC. Se...
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