SAP Zaragoza 238/2008, 30 de Abril de 2008

PonenteFRANCISCO ACIN GAROS
ECLIES:APZ:2008:1356
Número de Recurso56/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución238/2008
Fecha de Resolución30 de Abril de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 2ª

SENTENCIA: 00238/2008

SENTENCIA NÚMERO: 238/08

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Ilmos. Señores:

Presidente:

D. JULIÁN CARLOS ARQUÉ BESCÓS

Magistrados:

D. FRANCISCO ACÍN GARÓS

Dª. MARÍA ELIA MATA ALBERT

En ZARAGOZA, a treinta de Abril de dos mil ocho.

Vistos por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos de modificación de medidas seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número cinco de Zaragoza, con el número 850/07, rollo nº 56/08, en el que es apelante Dª Andrea , representada por la Procuradora Dª Nieves Omella Gil y asistida por la Letrada Dª Begoña Odriozola de Felipe, y apelado D. Jose María , representado por el Procurador D. Serafín Andrés Laborda y asistido por el Letrado D. Francisco Javier Bernal Lancis, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal, y

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo Sr. Magistrado- Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5, de los de Zaragoza, se dictó el 9 noviembre 2007 sentencia que contiene el siguiente fallo: Se aceptan los que figuran: "Estimo parcialmente la demanda de modificación de medidas formulada por D. Jose María contra Dª Andrea . Por tanto:

  1. - No fijo un régimen obligatorio de visitas y vacaciones entre padre e hija.

  2. - La pensión alimenticia de la hija Victoria Teresa queda fijada en 420 euros mensuales.

  3. - La pensión compensatoria de Dª Andrea , en 630 euros mensuales.4.- Estos importes se actualizaran automáticamente cada mes de enero (desde 2009) según la variación que haya experimentado el IPC nacional en el año natural anterior. Se harán efectivos, en los cinco primeros días de cada mes, en la cuenta que designe Dña Andrea .

No hago especial pronunciamiento sobre costas."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia la parte demandada presentó escrito de preparación del recurso de apelación, y dentro del término de emplazamiento, escrito de interposición del recurso de apelación, del que se dio traslado a la parte actora y al Ministerio Fiscal presentando dentro del término de emplazamiento escrito de oposición. Seguidamente se remitieron los autos a esta Sala para la resolución de la apelación.

TERCERO

No habiéndose aportado nuevos documentos, ni propuesto prueba, y no habiéndose considerado necesaria la celebración de vista, se señaló para deliberación y votación el día 8 abril 2008.

CUARTO

Que en la tramitación de la apelación se han observado todas las prescripciones legales a excepción de que no se ha podido cumplimentar el plazo al que se refiere el art. 465 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .

Habiendo sido ponente en esta apelación el Ilmo Sr. Magistrado don FRANCISCO ACÍN GARÓS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El 26-5-07 D. Jose María interpuso demanda de modificación de medidas en la que, aparte el cambio del régimen de visitas y comunicaciones con su hija Maria Teresa, solicitaba que la pensión por alimentos señalada a favor de esta en el divorcio se redujese a 300 €...

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