SAP Murcia 334/2004, 17 de Diciembre de 2004
Ponente | MATIAS MANUEL SORIA FERNANDEZ-MAYORALAS |
ECLI | ES:APMU:2004:2688 |
Número de Recurso | 407/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 334/2004 |
Fecha de Resolución | 17 de Diciembre de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 5ª |
SENTENCIA: 00334/2004
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA
SECCION DE CARTAGENA
ROLLO DE APELACION Nº 407/04
DICORVIO Nº 136/03
JUZGADO DE 1ª. INSTANCIA N º DOS SAN JAVIER
SENTENCIA N. 334
Ilmos. Sres.
Don José Manuel Nicolás Manzanares
Presidente
Don Matías Manuel Soria Fernández Mayoralas
Don José Joaquín Hervás Ortiz
Magistrados
En la ciudad de Cartagena, diecisiete de diciembre de dos mil cuatro.
La Sección de Cartagena de la Audiencia Provincial de Murcia, integrada por los Iltmos. Sres. Expresados al margen, ha visto los autos de Divorcio n. 136/03 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia 2 de SAN JAVIER de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandante Aurelio , habiendo intervenido en la alzada dichas partes, en su condición de recurrentes, representados por el Procurador D. Vicente Marcilla Oñate y dirigidos por el Letrado D. Francisco Domingo Frutos y como apelada Dª Rebeca , representado por el Procurador D. Esteban Piñero Marín con la dirección del Letrado D. José Miguel Rubio Polo.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de San Javier, en los referidos autos,tramitados con el núm. 407/04, se dictó sentencia con fecha 22/03/04 , cuya parte dispositiva dice entre otras lo siguiente: " Que estimando la demanda presentada por la representación de D. Aurelio contra Dª. Rebeca , debo declarar y declaro DISUELTO el matrimonio celebrado entre ambos cónyuges el día 13 de junio de 1987, acordando como medidas definitivas las referidas en el fundamento de derecho tercero; sin hacer expresa condena en costas".
Contra dicha sentencia, se interpuesto recurso de apelación por la parte demandante en tiempo y forma que fue tramitado conforme a lo dispuesto en el art. 457 y ss de la Ley de Enjuiciamiento Civil . Y remita a este Tribunal, donde se formó el correspondiente Rollo de Apelación designandose Magistrado Ponente y se señaló día para la votación y fallo que tuvo lugar el día 14/12/04.
En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.
VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Matías Manuel Soria Fernández Mayoralas.
Contra la Sentencia del Juzgado de 1ª Instancia, que estimando la demanda declaró disuelto el matrimonio, acordando la medidas definitivas que debían regir el mismo, se formula recurso de apelación por el demandante por considerar que existe error en la valoración de la prueba en orden a dos cuestiones: la supresión de la pensión compensatoria establecida a favor de la esposa, y la no estimación de la petición de pago de la mitad de la deuda pendiente de la sociedad ganancial.
Por la parte apelada formuló oposición al recurso solicitando la confirmación de la sentencia por los mismos fundamentos...
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