SAP Ciudad Real 24/2004, 30 de Enero de 2004

PonenteMARIA PILAR ASTRAY CHACON
ECLIES:APCR:2004:94
Número de Recurso197/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución24/2004
Fecha de Resolución30 de Enero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 24

En CIUDAD REAL, a treinta de enero de dos mil cuatro.

La Sala de la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de CIUDAD REAL, ha examinado y votado el recurso de apelación admitido a la parte demandada, contra la sentencia dictada en los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 62/2002, procedentes del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION Nº 2 de TOMELLOSO, a los que ha correspondido el Rollo 197 /2003, en los que aparece como parte apelante DON Carlos Alberto , DOÑA Teresa Y BANESTO SEGUROS S.A., representada en forma legal, esta última en la alzada, por la procuradora D. CARMEN ANGUITA CAÑADA, y asistida por el Letrado D. Celso Gonzalez García, y como apelado D. Iván representado por el procurador D. CONCEPCIÓN LOZANO ADAME, y asistido por el Letrado D. José Manuel Muñoz Garrido; y siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª MARÍA PILAR ASTRAY CHACON.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Sr. Juez del Juzgado 1ª Instancia de Tomelloso 2, se dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO:Que estimando totalmente las pretensiones de la parte demandante, debo condenar y condeno a Carlos Alberto , Teresa y Banesto Seguros S.A., a abonar de forma solidaria a Iván la cantidad de 10.519,62 euros, más los intereses legales y los previstos para la aseguradora codemandada por el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro, con expresa imposición de las costas a las demandadas. "

SEGUNDO

La relacionada sentencia que lleva fecha 4 de Julio de 2002, se recurrió en apelación por la parte demandada, y admitido el recurso, por la parte apelante y apelada se hicieron las alegaciones que a su derecho estimaron conveniente en apoyo de sus respectivos intereses, remitiéndose los autos a la Audiencia y correspondiendo a esta Sección por turno de reparto, y registrado el presente recurso se ha tramitado como es de rigor, señalándose para la votación y fallo el dia 22 de enero 2004.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Ejercitada demanda de reclamación de cantidad en indemnización de los daños y perjuicios producidos en el vehículo propiedad del actor, contra los propietarios del perro que irrumpió en la calzada, se estima íntegramente en la Instancia.

Interpone la parte demandada el presente Recurso de apelación, aduciendo, como motivos del mismo, la incongruencia omisiva, al no resolverse todas las razones de oposición esgrimidas por la demandada, no pronunciándose sobre la existencia o no de concurrencia de culpas. De igual...

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