SAP Barcelona, 13 de Marzo de 2002

PonenteELENA SELLART OLLEARIS
ECLIES:APB:2002:3024
Número de Recurso578/2001
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución13 de Marzo de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª

SENTENCIA N°

Ilmos Sres.

D. JOAQUIN DE ORO PULIDO LOPEZ

D. JOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS

Dª. HELENA SELLART OLLEARIS

En la ciudad de Barcelona, a trece de Marzo de dos mil dos.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Cognición número 9/01 seguidos por el Juzgado Primera Instancia e Instrucción 1 L´Hospitalet de Llobregat, a instancia de D. Iván , representado por el/la Procurador/a D/Da y dirigido por el/la Letrado/a D/Dª Jesús La Paz Fiel Martinez, contra BANCO BILBAO VIZCAYA-ARGENTARIA, S.A. (anteriormente BANCA CATALANA, S.A.), representado/a por el/la Procurador/a D/D Isidro Marín Navarro, y dirigido por el/la Letrado/a Manuel Lopez Domech los cuales penden ante esta Superioridad en virtud de recurso de apelación interpuesto por BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., contra la Sentencia dictada en los mismos el día 10 de mayo del 2001, por el Sr. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: QueESTIMANDO la demanda formulada por D. Iván , en representación de la entidad MAUI FISH, S.L. contra BANCO BILBAO VIZCAYA-ARGENTARIA, S.A., debo condenar y condeno al antedicho demandado al abono de la cantidad de CIENTO SESENTA Y DOS MIL OCHENTA Y SEIS (162.086 Pts.) PESETAS, más los intereses legales desde el 3-3-00; con expresa imposición de costas a la parte demandada".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por BANCO BILBAO VIZCAYA-ARGENTARIA, S.A., mediante su escrito motivado, elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y Fallo el día SIETE DE MARZO DE DOS MIL DOS.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente para este trámite la Ilma. Magistrada Dª HELENA SELLART OLLEARIS .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Corroborando lo dicho en la Sentencia de Primera Instancia, las partes suscriben una póliza para negociación de documentos mercantiles y otras operaciones crediticias por un importe límite de

7.000.000 de pesetas, el 18 de diciembre de 1998. Dicha póliza (conocida en la práctica bancaria como "contrato de descuento") en su cláusula cuarta especifica lo siguiente: "Las negociaciones de toda clase de documentos realizadas al amparo del presente contrato se ajustarán a las condiciones, incluidos tipos de interés y comisiones aplicables, impresas en las correspondientes...

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