SAP Vizcaya 825/2000, 23 de Octubre de 2000

PonenteIGNACIO OLASO AZPIROZ
ECLIES:APBI:2000:4458
Número de Recurso17/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución825/2000
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 825/00

ILMOS. SRES.

D. FERNANDO VALDÉ SOLÍS CECCHINI

D. IGNACIO OLASO AZPIROZ

Dª LOURDES ARRANZ FREIJOEn BILBAO, a veintitrés de Octubre de dos mil.

Vistos en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de Bilbao, Sección Cuarta, integrada por los Ilmos. Srs. Magistrados, los presentes autos de Juicio de Cognición nº 219/99, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 11 de Bilbao y seguidos entre partes: Como apelante Carlos Ramón representado por el Procurador Sr. Santín Díez y como apelada OCASO, S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS representada por el Procurador Sr. Atela Arana y dirigida por el Letrado Sr. Gutiérrez Fernández.

SE ACEPTAN y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia de instancia de fecha 4 de Noviembre de 1.999 es de tenor literal siguiente:

"FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por la representación de D. Carlos Ramón contra "OCASO, SOCIEDAD ANÓNIMA, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS", debo absolver y absuelvo a ésta de los pedimentos formulados de contrario, con imposición a la parte actora de las costas causadas en esta instancia."

SEGUNDO

Publicada y notificada dicha Resolución a las partes litigantes, por la representación del demandante se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que, admitido por el Juzgado de Instancia y tramitado en legal forma ha dado lugar a la formación del presente rollo, al que ha correspondido el nº 17/00 de Registro y que se ha suscitado con arreglo a los trámites de los de su clase.

TERCERO

Hecho el oportuno señalamiento quedaron las actuaciones sobre la mesa del Tribunal para su deliberación y fallo.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Ha sido Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado D. IGNACIO OLASO AZPIROZ.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Consentida la sentencia dictada por el juzgado de instancia por la demandada Seguros Ocaso, S.A. en el extremo que le perjudica, a saber, la declaración de la naturaleza de la cláusula segunda de la póliza como limitativa y no como delimitadora del riesgo, el objeto del presente recurso queda centrado en la discrepancia del demandante con aquella resolución, al seguir manteniendo que la incapacidad que le ha sobrevenido queda cubierta por la póliza suscrita con la antedicha demandada, al venir originada por un accidente corporal, que es precisamente el objeto del seguro a tenor del artº 1º de aquella, manifestado en un infarto de miocardio originado, a su juicio, por una causa violenta, súbita, externa y ajena a la voluntad del asegurado (en los términos del artº 100 de la Ley del Contrato de Seguro y del artículo preliminar de la propia póliza), cual es el estress al que el recurrente estaba...

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