SAP Santa Cruz de Tenerife 352/2005, 24 de Octubre de 2005

PonentePABLO JOSE MOSCOSO TORRES
ECLIES:APTF:2005:1926
Número de Recurso420/2005
Número de Resolución352/2005
Fecha de Resolución24 de Octubre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 4ª

SENTENCIA N.º 352.

Rollo n.º 420/05.

Autos n.º 242/04.

Juzgado de 1ª Instancia n.º 1 de Granadilla de Abona.

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

Don Pablo José Moscoso Torres.

MAGISTRADOS

Don Emilio Fernando Suárez Díaz.

Doña Pilar Aragón Ramírez.

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En Santa Cruz de Tenerife, a veinticuatro de octubre de dos mil cinco.

Visto, por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial integrada por los Ilmos. Sres. antes reseñados, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Granadilla de Abona, en los autos n.º 242/04 , seguidos por los trámites del juicio Verbal y promovidos, como demandante, por DOÑA Carolina , que ha comparecido ante este Tribunal representada por la Procuradora Doña Paloma Aguirre López y dirigida por la Letrada Doña Carmen Dolores González Porcel, contra DON Rodolfo , que ha comparecido ante este Tribunal representado por la Procuradora Doña Carmen Guadalupe García y dirigido por el Letrado Don Rolando Rodríguez Gil; ha pronunciado, EN NOMBRE DE S. M. EL REY, la presente sentencia siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Pablo José Moscoso Torres, con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la resolución apelada.

SEGUNDO

En los autos indicados la Sra. Juez D.ª Ana Fernández Arranz dictó sentencia el nueve de mayo de dos mil cinco cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por Don Manuel Ángel Álvarez Hernández, en nombre y representación de Doña Carolina , debo condenar y condeno a Don Rodolfo a que desaloje los cuartos que ocupa en la vivienda situada en "el Estanco", Charco del Pino, término municipal de Granadilla de Abona, poniéndolos a disposición de la actora, y al pago de las costas. »

TERCERO

Notificada debidamente dicha sentencia, se presentó escrito en los autos por larepresentación de la parte demandada, DON Rodolfo , en el que solicitaba que se tuviera por preparado recurso de apelación contra tal resolución, petición a la que se accedió por el Juzgado mediante providencia en la que se acordó, además, emplazar a dicha parte por veinte días para la interposición de tal recurso; en el plazo conferido, se interpuso por escrito dicho recurso con exposición de las alegaciones en que se fundaba la impugnación, del que se dio traslado a las demás partes por diez días, plazo en el que la representación de la parte demandante, DOÑA Carolina , presentó escrito de oposición al mencionado recurso.

CUARTO

Remitidos los autos con los escritos del recurso y de oposición a esta Sala, se acordó, una vez recibidos y mediante providencia de veintisiete de julio pasado, incoar el presente rollo, designar Ponente y señalar para la votación y fallo del presente recurso el día diecinueve de octubre del año en curso, en el que ha tenido lugar la reunión del Tribunal al efecto.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia apelada estimó la pretensión de protección de los derechos reales inscritos ( art. 250.1.7º de la Ley de Enjuiciamiento Civil -LEC -) formulada por la actora y ha sido apelada por el demandado.

Este insiste en su recurso en que ya hubo una pretensión de precario anterior entre las mismas partes (hermanos entre sí) y sobre el mismo objeto, que fue desestimada por sentencia firme de la Sección 3ª de esta Audiencia (n.º 199/97 ) que en parte transcribe y de la que resalta el párrafo en el que se alude a la falta de prueba de "que al tiempo de otorgarse el testamento la casa ocupada por el demandado fuera distinta a aquella en la que habitaba la testadora (la actora parece atribuir tal carácter a la integrada por tan solo dos habitaciones, ignorándose si éstas son o no independientes de la casa ocupada por dicho demandado o si se hallan formando parte integrante del solar a él atribuido)",...

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