SAP Zaragoza 685/2003, 28 de Noviembre de 2003

PonentePEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA
ECLIES:APZ:2003:2851
Número de Recurso500/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución685/2003
Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª

D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍAD. JUAN IGNACIO MEDRANO SÁNCHEZDª. Dª. CARMEN BAYOD LÓPEZ

SENTENCIA Nº 685/2003

ILMOS. Señores:

Presidente:

D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA

Magistrados:

D. JUAN IGNACIO MEDRANO SÁNCHEZ

Dª CARMEN BAYOD LÓPEZ

En ZARAGOZAa veintiocho de noviembre de dos mil tres.

En nombre de S. M. el Rey;

Vistos por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de Apelación, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1027/2002, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 11 de ZARAGOZA, de los que dimana el presente ROLLO DE APELACIÓN núm. 500/2003; en los que aparece como demandante-apelante Dª

Clara

representada por el procurador D. HECTOR DAVID ROSADO GALVEZ y asistida por la Letrado Dª MARIA DEL MAR RICO LALOMA; y como demandado-apelado SUPERMERCADOS SABECO, S.A. representado por el procurador D. JOSE MARIA ANGULO SAINZ DE VARANDA y asistido por el Letrado D. CARLOS LOPEZ MARIN; siendo Magistrado Ponente en esta instancia el Ilmo. Sr. D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 2 de julio de 2003, cuya parte dispositiva dice: "Que, desestimando la demanda promovida en JUICIO VERBAL NUM 1027/2002- B, instado por el Procurador Sr. Rosado, en nombre y representación de Dª

Clara

, contra SABECO, S.A., representada por el procurador Sr. Angulo, debo absolver y absuelvo a dicha demandada de los pedimentos contra ella formulados, condenando a la parte actora al pago de las costas procesales".

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes por la representación procesal de la demandante se interpuso contra la misma recurso de apelación y dándose traslado a la parte contraria se opuso al recurso, remitiéndoselas actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia.

TERCERO

Recibidos los Autos se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado, señalándose día para deliberación, votación y fallo el 24 de noviembre de 2003.

CUARTO

En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

NO se aceptan LOS FUNDAMENTOS DE DERECHO de la Sentencia apelada, y

PRIMERO

En este pleito reclama la parte actora el cumplimiento estricto del premio que le correspondió en un sorteo establecido por la entidad demandada, consiste en la estancia durante una semana para dos personas en un apartamento, recurriendo la Sentencia del Juzgado que le ha sido desfavorable. En las bases del sorteo se disponía, entre otros requisitos que no son propios del caso, que "El cliente seleccionará tres destinos y tres semanas distintas por orden de preferencia y con carácter sucesivo, de forma que no ser posible cubrir el destino señalado en primerlugar se le adjudicará el elegido en segundo o tercer lugar. Una vez recibida la solicitud, les asignaremos el alojamiento para la fecha solicitada, dependiendo de la disponibilidad de las plazas". Sostiene la demandada que la actora no respetó aquellas bases, pues, aun cuando efectivamente eligió tres lugares de destino, no manifestó por el contrario las tres fechas diferentes en que quería disfrutar la estancia, afirmación ésta que, aun cuando otra cosa se razone en la Sentencia del...

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    ...mientras sí que podría probarlo la organizadora del concurso que alega el incumplimiento, como declaró la sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza de 28 de noviembre de 2003200. Sí es exigible al propio organizador velar por el correcto cumplimiento de sus propias bases y requisitos......

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