SAP Barcelona 140/2005, 9 de Marzo de 2005

PonenteINMACULADA CONCEPCION ZAPATA CAMACHO
ECLIES:APB:2005:2059
Número de Recurso656/2004
Número de Resolución140/2005
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DECIMOSEXTA

ROLLO Nº 656/2004-B

JUICIO VERBAL NÚM. 58/2004

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 3 DE LOS DE ARENYS DE MAR

S E N T E N C I A N ú m. 140/2005

Ilmos. Sres.

D. AGUSTÍN FERRER BARRIENDOS

D. JORDI SEGUÍ PUNTAS

Dª. INMACULADA ZAPATA CAMACHO

En la ciudad de Barcelona, a nueve de marzo de dos mil cinco.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Décimosexta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal nº 58/2004, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de los de Arenys de Mar, a instancia de Dª. Melisa y de D. Juan Pedro en calidad de administradores solidarios de la entidad 7 INTER-SOLUCIONS 2002 S.L., contra D. Juan Ramón ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte ACTORA contra la Sentencia dictada en los mismos el día 11 de Marzo de 2.004, por la Sra. Juez Titular del expresado Juzgado .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la excepción de falta de legitimación activa alegada por la parte demandada, D. Juan Ramón

, representado por la Procuradora de los Tribunales Dª. Esther PÓRTULAS COMLAT frente a la entidad demandante "7 INTER-SOLUCIONS 2002", representada por Dª. Melisa y D. Juan Pedro, y a su vez, por el Procurador de los Tribunales D. Lluis PONS RIBOT, debo ABSOLVER Y ABSUELVO a D. Juan Ramón de todas las pretensiones ejercitadas contra el mismo en el presente procedimiento. Y ello con expresa imposición de las costas procesales causadas a la parte demandante".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte ACTORA mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que lo impugnó en tiempo y forma mediante el oportuno escrito de oposición al mismo; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para la deliberación, votación y fallo el día 24 de Febrero de 2005.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. INMACULADA ZAPATA CAMACHO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Apreció el Juzgado la excepción de falta de legitimación activa por entender que no existió la relación contractual en la que se basa la demanda entre la entidad actora, Inter-Solucions 2002 SL, y D. Juan Ramón, relación que según se afirma en la sentencia apelada tuvo lugar entre este último y Dª Melisa

. Pues bien, es verdad que fue la Sra. Melisa quien a finales del año 2001 contactó con el demandado que le encargó la elaboración de una página web para publicitar en internet el hostal que regenta en Calella. También lo es que el siguiente mes de febrero ya había confeccionado la Sra. Melisa la correspondiente maqueta (página de prueba para mostrar al cliente, que se alojó en un servidor gratuito) y que en esas fechas todavía no se había constituido Inter-Solucions 2002 SL, constitución que no tuvo lugar hasta el 6 de noviembre de 2002 (v. escritura unida a los folios 19 a 31). Sin embargo:

-Es la Sra. Melisa socia y administradora solidaria de la entidad actora que libró la factura por los servicios aquí reclamados (v. folio 10), servicios que por tanto nunca llegó a facturar ni cobrar aquélla que, por lo demás, compareció al acto del juicio en apoyo de la tesis mantenida por Inter- Solucions 2002 SL en cuya representación declaró. Partiendo de lo cual, parece claro que los acuerdos internos que al respecto pudieran haber llegado los socios de la...

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