SAP Madrid 382/2007, 6 de Julio de 2007

PonenteEPIFANIO LEGIDO LOPEZ
ECLIES:APM:2007:12831
Número de Recurso437/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución382/2007
Fecha de Resolución 6 de Julio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 19

MADRID

SENTENCIA: 00382/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 19ª

1280A

FERRAZ 41

Tfno.: 91 397 1861-2-3-4-0 Fax: 91 397 19 98

N.I.G. 28000 1 7033511 /2007

ROLLO: RECURSO DE APELACION 437/2007

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1295/2004

JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 50 de MADRID

Apelante/s: AYUNTAMIENTO DE CHINCHON

Procurador: ROBERTO GRANIZO PALOMEQUE

Apelado/s: PRODACSA MADRID SL

Procurador: ALICIA GARCIA RODRIGUEZ

SENTENCIA Nº 382

Ponente: Ilmo. Sr. D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. NICOLAS DIAZ MENDEZ

D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ

D. RAMON RUIZ JIMENEZ

En MADRID a, seis de julio de dos mil siete.

La Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio ordinario 1295/2004, provenientes del Juzgado de Primera Instancia nº 50 de Madrid y seguidos sobre reclamación de cantidad, que han dado lugar en esta alzada al rollo de Sala 437/2007, en el que han sido partes, como apelante-demandada, Ayuntamiento de Chinchón, que estuvo representado por el Procurador Sr. Granizo Palomeque; y de otra, como apelada-demandante, Prodacsa Madrid SL, que vino al litigio representada por la Procuradora Sra. García Rodríguez, habiendo estado ambas partes defendidas por Letrado.

VISTO, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ, que expresa el común parecer de este Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto se relacionen con esta resolución y

PRIMERO

Con fecha 16-01-2007 el Juzgado de 1ª Instancia nº 50 de Madrid en los autos de que dimana este rollo de Sala, dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda interpuesta por la entidad Prodacsa Madrid SL representada por la Procuradora Dª Alicia García Rodríguez contra el Excmo. Ayuntamiento de Chinchón representado por el Procurador D. Roberto Granizo Palomeque, debo condenar y condeno a la parte demandada a que abone a la parte actora la cantidad de cuarenta y cinco mil cuatrocientos noventa y tres euros con treinta y siete céntimos (45.493,37 euros), más los intereses legales desde el 13 de octubre de 2003, con expresa imposición de costas a la parte demandada".

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de Ayuntamiento de Chinchón, que formalizó adecuadamente (folios 121 y ss) y del que, tras ser admitido en ambos efectos, se dio traslado a la contraparte, que se opuso al mismo (135 y ss), remitiéndose luego los autos principales a este Tribunal en el que tuvieron entrada en 19-06-2007, abriéndose, de inmediato, el correspondiente rollo de Sala.

TERCERO

En esta alzada, para cuya deliberación, votación y fallo se señaló el dos de los corrientes, se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto no se opongan a los que a continuación se insertan y

PRIMERO

Prodacsa Madrid SL, a través de su representación procesal, ejercitó acción personal en el marco de contrato de celebración de espectáculos en fiestas patronales concertado en 07-08-2002, frente al Ayuntamiento de Chinchón, reclamando del Juzgador de instancia fuese condenada aquella entidad pública a abonar 45.493,37 € más los intereses legales desde el 13-10-2003 y costas. Acompañaba a su demanda los distintos contratos, en número de nueve, con sus respectivos importes, todos ellos fechados en 07-08-2002 y firmados, en nombre del Ayuntamiento, por el Alcalde en funciones, con detalle de los importes de los suministros y servicios pactados más el IVA correspondiente. Las facturas, que resultaron luego impagadas, se habían endosado al Banco Bilbao Vizcaya Argentaria para garantizar la concesión de un préstamo en favor a Promociones Artísticas Carrillo SL, si bien aquel préstamo se canceló, devolviéndose luego las facturas debidamente endosadas, como vimos, a la libradora de la misma, esto es a la hoy demandante, que ejercita la acción personal ya referida en reclamación de 45.493,37 €. De la totalidad de los contratos se hicieron efectivas cantidades relativas al Orquesta Brass, Orquesta Baile de la Tercera Edad, Orquesta Marsella y Orquesta Baile del Vermut, Infraestructura...

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