SAP Jaén 404/2002, 27 de Noviembre de 2002
Ponente | PIO JOSE AGUIRRE ZAMORANO |
ECLI | ES:APJ:2002:1619 |
Número de Recurso | 369/2002 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 404/2002 |
Fecha de Resolución | 27 de Noviembre de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª |
SENTENCIA N° 404
Iltmos. Sres.
PRESIDENTE.
D. Pío Aguirre Zamorano
MAGISTRADOS.
Dª. Mª Jesús Jurado Cabrera
D. Eladio Aparicio Carrillo
En la Ciudad de Jaén, a veintisiete de noviembre de dos mil dos.
Vistos en grado de apelación, por la Sección 1ª de esta Audiencia Provincial los Autos de Juicio Verbal, seguidos en primera instancia con el número 250 del año 2.002, por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Jaén, rollo de apelación de esta Audiencia número 369 del año 2.002, a instancia de la entidad Construcciones Ragun S.L., representada en la instancia por la Procuradora Sra. De Ruz y defendida por la Letrada Sra. Duro Almazán, contra la entidad B. B.V.A., representada en la instancia por la Procuradora Sra. Cátedra y defendida por el Letrado Sr. Sánchez Alonso.
Aceptando los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Jaén, con fecha 18 de septiembre de 2.002.
Por dicho Juzgado y en la fecha indicada, se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que estimando la demanda de Juicio Verbal Autos 255/02 Reclamación de Cantidad, interpuesta por la Procuradora Sra. Ruz Ortega en representación de CONSTRUCCIONES RAGUN S.A, : a B.B.V.A, representada por la Procuradora Sra. Cátedra Fernández debo condenar y condeno a la demandada, a abonar al actor la cantidad de 1.978,38€ más el interés legal de dicha cantidad desde la fecha en que se efectuó el pago indebido, con imposición de las costas al demandado".
Contra dicha sentencia se preparó e interpuso por la entidad demandada, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Jaén, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso en lo que se especificará en los fundamentos de derecho de esta resolución.
Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación, se presentó escrito impugnándolo por ser la sentencia ajustada a derecho, remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, en la que se formó el rollo correspondiente, quedando las actuaciones sobre la mesa para dictar la resolución oportuna.
En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.Siendo Ponente el Magistrado D. Pío Aguirre Zamorano.
Aceptando los Fundamentos de Derecho de la resolución impugnada.
La sentencia de instancia acoge la demanda planteada por la entidad actora y condena a la demandada a devolver a aquélla la cantidad de 1.978€ más el interés legal desde que se efectuó el pago indebido por la entidad actora a la demandada.
Apela la demandada B.B.V.A. basándose como único motivo en que la actora abonó la mitad del impuesto de la segunda escritura en virtud de un pacto entre ambas entidades y en consecuencia es de aplicación la teoría de los actos propios pues nadie puede ir contra sus propios actos.
La sentencia de instancia debe de ser íntegramente confirmada por sus propios fundamentos. De la prueba documental aportada a las actuaciones se deduce lo siguiente: 1º) El día 10 de abril de 1996 la actora,...
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