SAP Murcia 96/2001, 9 de Marzo de 2001

PonenteFRANCISCA ISABEL FERNANDEZ ZAPATA
ECLIES:APMU:2001:795
Número de Recurso236/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución96/2001
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

D. Antonio Salas CarcellerD. Juan Antonio Jover CoyDª. Dª. Francisca Isabel Fernández Zapata

ROLLO Nº 236/00

Apelación civil

Iltmos. Sres.:

Don Antonio Salas Carceller

Presidente

Don Juan Antonio Jover Coy

Doña Francisca Isabel Fernández Zapata

Magistrados

SENTENCIA Nº 96/2.001

En la ciudad de Murcia, a nueve de Marzo de dos mil uno.

Vistos por la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de pieza separada de oposición a embargo preventivo nº 503/98, dimanante de juicio de Menor Cuantía seguido en el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Lorca con el nº 277/98 -Rollo nº 236/00-, en los que figura como demandante la mercantil "Enteci, S.A.", en el Juzgado representada por el Procurador Sr. Arcas Barnés y defendida por el Letrado Sr. López Navares, y como demandada, Estación de Servicio "Las Palmeras, S.A.", representada por el Procurador Sr. Fernández Pallarés y defendida por la Letrada Sr. García Giménez; los cuales penden ante esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia de fecha 20 de noviembre de 1999, dictada por el referido Juzgado, estando representada por el Procurador Sr. Hernández Foulquié, siendo apelada la demandada, representada por la Procuradora Sra. Lozano Semitiel, ambas con igual dirección letrada que en la primera instancia y Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. Francisca Isabel Fernández Zapata, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La expresada resolución contiene el siguiente: "FALLO": «Que desestimando la demanda incidental promovida por el Procurador de los Tribunales Don Pedro Arcas Barnés, en nombre y representación de Enteci, S.A., contra el embargo preventivo, practicado en autos de Juicio de Menor Cuantía 277 del año 1.998, a instancia del Procurador de los Tribunales Don José María Fernández Pallarés, en nombre y representación de Estación de Servicio Las Palmeras, S.A., debo mantener y mantengo el embargo preventivo practicado en toda su amplitud, e imponiendo a la parte aquí demandante el pago de las costas causadas en el presente incidente".

Segundo

Contra la misma se interpuso en tiempo y forma por la parte demandante recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos elevándose los autos a esta Audiencia Provincial previos los oportunos emplazamientos, formándose el correspondiente Rollo en que comparecieron las partes debidamente representadas y, tramitado el recurso con arreglo a los de su clase, se señaló el día 2 de marzo de 2001 para la votación y fallo, quedando los autos vistos para sentencia.

Tercero

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Se decide en el presente procedimiento una...

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