SAP Albacete 52/2003, 13 de Junio de 2003

ECLIES:APAB:2003:715
Número de Recurso1072/2003
Número de Resolución52/2003
Fecha de Resolución13 de Junio de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Albacete, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALBACETE

Sección 2

Rollo 1072/2003

Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 2 de ALBACETE

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO n° 1072/2003

SENTENCIA Nº 52/03

NOMBRE DE S.M. EL REY

Ilmos. Sres.

Presidente:

D. ANTONIO NEBOT DE LA CONCHA

Magistrados:

D. FRANCISCO CAÑAMARES PABOLAZA

Dª. MARIA DE LOS ANGELES MONTALVÁ SEMPERE

En ALBACETE, a trece de Junio de dos mil tres.

VISTOS ante esta Audiencia Provincial en grado de apelación los autos n° 262/02 seguidos ante el Juzgado de lo Penal n° 2 de Albacete, sobre LESIONES, siendo apelante en esta instancia Bruno , representado por el/la Procurador/a D./ª CONCEPCIÓN PALACIOS GARCÍA, siendo parte apelada Jesús Manuel , representado por la Procuradora Dª RAQUEL ZAMORA MARTÍNEZ, y parte el Ministerio Fiscal y Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO NEBOT DE LA CONCHA.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO en lo necesario los antecedentes de la sentencia apelada y,

PRIMERO

Por el citado Juzgado se dictó la referida sentencia, cuya parte dispositiva dice así: FALLO: Que debo condenar y condeno a Bruno como autor responsable de un delito de lesiones del art. 147.2 del Código Penal de 1.995, a la pena de cuatro meses multa, con una cuota diaria de seis euros, y arresto sustitutorio para el caso de impago y razón de un día de arresto por cada dos cuotas impagadas, condenándole, asimismo a que indemnice Jesús Manuel en la cantidad de 500 euros por sus lesiones y en la cantidad de 1.000 euros por las secuelas, todo ello con los intereses legales desde la fecha de la Sentencia hasta el día del pago, condenando al acusado al pago de las costas del procedimiento, incluidas las de la acusación particular.

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación por el/la Procurador/a D./ª CONCEPCION PALACIOS GARCÍA en nombre y representación de Bruno , alega como motivos los expuestos en el escrito de apelación presentado ante el Juzgado de lo Penal n° 2 de Albacete, escrito que se da íntegramente por reproducido.

TERCERO

Tramitado el presente recurso de apelación con arreglo a derecho, se celebró votación y fallo del mismo, el día 21 de Mayo de 2003.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los hechos de la Sentencia.

Se acepta, en lo general su fundamentación jurídica, con la salvedad que luego se dirá, y

PRIMERO

Dos son los pronunciamientos que se impugnan de la Sentencia que se recurre: el primero hace referencia a la autoría de los hechos, que se niega, y ello en base a un alegado error en la valoración de la prueba, el segundo, que lo es con carácter subsidiario, afecta a la responsabilidad civil que se concede, y que se estima excesiva.

SEGUNDO

Sabido es, por ser doctrina constante, que la valoración de la prueba corresponde al Juzgador y a tal respecto este Tribunal, tiene establecido que...

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