SAP Cádiz 124/2003, 23 de Octubre de 2003

PonenteCARLOS ERCILLA LABARTA
ECLIES:APCA:2003:1896
Número de Recurso156/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución124/2003
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 5ª

D. CARLOS ERCILLA LABARTAD. ANGEL L. SANABRIA PAREJOD. RAMON ROMERO NAVARRO

S E N T E N C I A nº: 124/03

Ilmos. Sres.

Presidente

D. CARLOS ERCILLA LABARTA

Magistrados

D. ANGEL L. SANABRIA PAREJO

D. RAMON ROMERO NAVARRO

JUZGADO: Cádiz nº 4

Juicio Ordinario nº 434/01

Rollo Apelación Civil nº: 156

Año: 2.003

En la ciudad de Cádiz a día 23 de octubre de 2003.

Vistos en trámite de apelación por la Sección Quinta de esta Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz los autos del Recurso de Apelación Civil de referencia del margen, seguidos por Juicio Ordinario, en el que figura como parte apelante DON

Andrés

, y parte apelada NAVEDA INDUSTRIAL, S.L.; actuando como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON CARLOS ERCILLA LABARTA.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de los de CADIZ, se dictó sentencia cuyo fallo literalmente transcrito dice: " Que estimando la demanda formulada por la representación procesal de la entidad Naveda Industrial S.L. contra Don

    Andrés

    debo condenar y condeno al demandado a formalizar con la entidad actora contrato de compraventa de las acciones nº NUM000

    al NUM001

    , ambos inclusive, de la compañía mercantil Bahiatel S.A. con C.I.F nº A-11463692, que han de ser vendidas libres de cargas, en el precio conjunto de 112.034.760 pesetas (962.613,72 euros) que habrán de ser pagadas al contado, abonando las partes por mitad el coste de la transmisión. Asimismo debo condenar y condeno a Don Andrés

    a abonar a la actora un interés moratorio igual al tipo del interés legal del dinero incrementado en diez puntos desde la fecha de presentación de la demanda y hasta el total pago del precio conjunto de la expresada compraventa. La escritura de compraventa de las acciones de Bahiatel S.A. en las condiciones expuestas habrá de ser otorgada en el plazo de un mes, verificándose por el Juzgado en otro caso con expresa condena al demandado a estar y pasar por tal pronunciamiento. Se imponen a la parte demandada las costas del presente procedimiento.

  2. - Contra la antedicha sentencia por la representación de DON

    Andrés

    , se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que fue admitido a trámite por el Juez "a quo" remitiendo las actuaciones a esta Audiencia Provincial, dándose traslado del referido escrito de apelación a la parte contraria por término legal para que pudiera formular escrito de oposición o impugnación, el cual una vez presentado fue unido a autos.

  3. - Recibidos los autos en esta Sala, se formó el correspondiente rollo, turnándose la ponencia, y no habiéndose solicitado la práctica de prueba en esta segunda instancia, se hizo entrega al Iltmo. Sr. Ponente, para dictar la resolución procedente.

    IIº.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. - Plantea en primer lugar el apelado la inadmisibilidad del recurso por defectos en el escrito de preparacion del mismo, al no constar debidamente indicados los pronunciamientos de la sentencia que impugna, y sibien es cierto que dicho escrito no hace referencia al fallo de la misma, sino al contenido de sus fundamentos de derecho, se deduce claramente del escrito que impugna los pronunciamientos del fallo de la sentencia recurrida en cuanto son consecuencia de los fundamentos de derecho que los razonan, por lo cual no puede entenderse que se haya producido una clara infracción procesal ni que la parte apelada haya dejado de conocer los pronunciamientos en concreto que impugna el recurso presentado por la contraparte, por lo que procede desestimar la cuestión previa planteada por la apelada.

  2. - Entrando en el fondo del asunto y en su consecuencia de la apelación, se plantea en primer lugar la calificación jurídica del contrato o negocio jurídico celebrado entre las partes y objeto de autos, y a este respecto, la lectura del referido contrato obrante a los folios 18 a 25 del procedimiento, por su claridad y concisión no deja lugar a dudas acerca de su naturaleza juridica y del contenido de las obligaciones de las partes, y así cuando las partes, definiendo el contenido del contrato hacen referencia a "Convenio de constitución de una obligación de compra de acciones", así como la clausula primera que indica que el contenido del...

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