SAP Cádiz 281/2002, 24 de Junio de 2002

PonenteJUAN JAVIER PEREZ PEREZ
ECLIES:APCA:2002:1807
Número de Recurso273/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución281/2002
Fecha de Resolución24 de Junio de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 7ª

D. Manuel Gutiérrez LunaD. Juan Ignacio Pérez de Vargas GilD. Juan Javier Pérez Pérez

Audiencia Provincial de Cádiz.

Sección Séptima, con sede en Algeciras.

Ilmos. Sres. Magistrados:

Presidente: D. Manuel Gutiérrez Luna.

D. Juan Ignacio Pérez de Vargas Gil.

D. Juan Javier Pérez Pérez.

Rollo de Apelación n° 273/2002.

Procedimiento Civil n° 205/99 del Juzgado de Primera

Instancia nº 3 de La Línea de la Concepción.

SENTENCIA NÚMERO 281

En la ciudad de Algeciras, a veinticuatro de junio de dos mil dos.

Vistes por esta Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Algeciras, integrada por los Magistrados antes citados, el rollo de apelación de referencia, dimanante del Procedimiento igualmente referenciado; y pendiendo en esta Sala recurso de apelación formulado por D. Pedro , representado por el Procurador Sr. Enciso Golt, contra la sentencia de fecha 7 de febrero de 2.002 del Juzgado de Primera Instancia antes referenciado; siendo parte recurrida D. Enrique , representado por el Procurador Sr. Molina González; y habiendo sido designado ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Juan Javier Pérez Pérez, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los de la sentencia impugnada.

SEGUNDO

El indicado Juzgado de Primera Instancia, en el procedimiento anteriormente circunstanciado, dictó sentencia en la fecha antes citada, cuyo Fallo dice lo siguiente:

"Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por D. Pedro contra D. Enrique , y en consecuencia debo condenar y condeno al demandado a:

- Limitar los ruidos producidos por su industria en las condiciones descritas en el Fundamento Jurídico Segundo de esta resolución.

- Instalar un extractor de humos o modificar el existente de manera que no se emanen humos u olores que lleguen a la vivienda del actor. Y asimismo, para garantizar la ventilación del lugar donde se encuentran las botellas de gas butano, deberá abrir los huecos necesarios o en su defecto trasladar las botellas a otro lugar con ventilación suficiente.

- Indemnizar al actor por los daños causados en su vivienda consistentes en grietas, por causa de las vibraciones originadas por la Industria del demandado, en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia.

Todo ello sin especial imposición de costas a ninguna de las partes".

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de D. Pedro ; admitido a trámite el recurso, y conferidos los preceptivos traslados, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial. Formado el rollo y designado ponente, quedó el recurso visto para la votación y fallo, y redacción y publicación de la sentencia.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El demandado-apelante impugna la sentencia que estimó sólo parcialmente su demanda, interesando, por el contrario, su estimación íntegra. En el mismo escrito de interposición del recurso se dice apelar también el Auto de fecha 29 de enero de 2.001, ciñendo su impugnación a la condena en costas que contiene dicho Auto.

Para delimitar el objeto procesal del recurso, debemos rechazar la interposición del recurso de apelación contra la Auto citado, por las siguientes razones, y teniendo en cuenta la aplicación de la normativa de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil, conforme a su Disposición Transitoria Primera.

El art. 454 establece que el Auto que resuelve la reposición es irrecurrible, "sin perjuicio de reproducir la cuestión objeto de la reposición al recurrir, si fuere procedente, la resolución definitiva". Es decir, lo que se recurre en apelación no es el Auto, sino la sentencia definitiva, aunque en el recurso se puede reproducir también la cuestión resuelta por el Auto...

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