SAP Almería, 21 de Octubre de 2000

PonenteJUAN RUIZ-RICO RUIZ-MORON
ECLIES:APAL:2000:1309
Número de Recurso127/2000
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución21 de Octubre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 1ª

SENTENCIA

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. JUAN RUIZ RICO RUIZ MORON

MAGISTRADOS

Dña. TARSILA MARTINEZ RUIZ

D. RAFAEL GARCIA LARAÑA

En la ciudad de Almería, a veintiuno de Octubre del dos mil

La Sección 1ª de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación, Rollo nº 127/2000 los autos procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Almería de seguidos con el nº 113/1999 sobre derechos derivados de la Ley de Propiedad Horizontal entre partes, de una como actora la Comunidad de Propietarios DIRECCION000 nº NUM000 de Almería y, de otra como demandados Dª Carolina y D. Pedro Antonio , cuyas demás circunstancias constan en la sentencia apelada, representada la primera por la Procuradora Dª Alicia de Tapia Aparicio y dirigida por el Letrado D. Emilio Esteban Hanza sustituido en la vista por la letrada Dª Carmen Esteban Hanza Navarro y la segunda representada por el Procurador D. Angel Vizcaino Martínez y dirigida por el Letrado D. Enrique Naveros sierra.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

SEGUNDO

Por el Sr. Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Almería en los referidos autos se dictó sentencia con fecha 20 de enero del 2000 cuyo Fallo dispone: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la parte actora, debo declarar y declaro que la comunidad de propietarios demandante está facultada para la instalación del ascensor en las condiciones que figura en el estudio-proyecto que acompaña a la demanda y en los términos expuestos en el último párrafo del Fundamento de Derecho Tercero de esta Sentencia, condenando a los demandados a estar y pasar por tal declaración. Respecto a las costas, procede que cada parte abone las causadas a su instancia y las comunes por mitad".

TERCERO

Contra la referida sentencia y por la representación procesal de la parte demandada se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos al Tribunal, previo emplazamiento de las partes en el término legal, donde se formó el rollo correspondiente, en el que oportunamente comparecieron las mismas y seguido el recurso por sus trámites, se señaló día para la vista, la que tuvo lugar el 16 de octubre del 2000, con asistencia de las representaciones de las partes comparecidas y sus Letrados, solicitando el de la primera la revocación de la sentencia impugnada y que se dicte otra por la que se desestime la demanda y se le absuelva de sus pedimentos y la Letrada de la parte apelada su íntegra confirmación con expresa imposición de las costas de la alzada al recurrentedeclarándose el recurso visto y concluso para sentencia.

CUARTO

En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JUAN RUIZ RICO RUIZ MORON

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La comunidad de propietarios del DIRECCION000 NUM000 de Almería", demandó por los trámites del juicio declarativo de menor cuantía a Dª Carolina y D. Pedro Antonio a fin de que se declarase que aquella tiene derecho a la instalación de un ascensor en el edificio de la comunidad. Los demandados se opusieron alegando fundamentalmente que el acuerdo adoptado por la Junta de Propietarios a tal fin, no reunía las mayorías necesarias y además que dicho acuerdo causa graves perjuicio a la demandada Dª Carolina .

La sentencia de primera instancia, estimando parcialmente la demanda, declara que la comunidad de...

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