SAP Huesca 277/2002, 4 de Diciembre de 2002

PonenteGONZALO GUTIERREZ CELMA
ECLIES:APHU:2002:492
Número de Recurso117/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución277/2002
Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Huesca, Sección 1ª

Sentencia Apelación Civil Número 277

PRESIDENTE *

D. SANTIAGO SERENA PUIG *MAGISTRADOS *

D. GONZALO GUTIÉRREZ CELMA *

D. JOSÉ TOMÁS GARCÍA CASTILLO *

En Huesca, a cuatro de diciembre de dos mil dos.

En nombre del Rey, la Audiencia provincial de Huesca ha visto, en grado de apelación, los autos de Juicio Ordinario número 46/01 seguidos ante el juzgado de primera instancia Uno de Jaca, promovidos por María del Pilar , Patricia y Filomena , dirigidos por el letrado don Mario Vázquez Iriberri, contra Comunidad de Propietarios DIRECCION000 NUM000 , NUM001 y NUM002 de Jaca , como demandada, defendida por el letrado don Adrián Benedico Pallas. Ninguna de las partes se ha personado con procurador habilitado para representarla ante este tribunal. Se hallan los autos pendientes ante este tribunal en virtud del presente recurso de apelación, tramitado al número 117 del año 2002, e interpuesto por la demandada Comunidad de Propietarios DIRECCION000 NUM000 , NUM001 y NUM002 de Jaca . Es ponente de esta sentencia el magistrado Ilmo. Sr. GONZALO GUTIÉRREZ CELMA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Aceptamos y damos por reproducidos los señalados en la sentencia impugnada.

SEGUNDO

El indicado juzgado de primera instancia, en el procedimiento anteriormente circunstanciado, dictó la sentencia apelada el día 12 de febrero de 2002, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "FALLO = Con estimación de la demanda formulada por la representación procesal de María del Pilar , Patricia y Filomena debo declarar y declaro la nulidad del acuerdo adoptado en la Junta General Extraordinaria de fecha 21 de octubre de 2000 relativo a la instalación de una antena de telefonía móvil en la cubierta del edificio y del alquiler de la vivienda del conserje para la instalación en la misma de los equipos de telecomunicaciones necesarios para la instalación de dicha antena y, en consecuencia debo condenar y condeno a la comunidad de propietarios sita en la DIRECCION000 números NUM000 , NUM001 y NUM002 a estar y pasar por dicha declaración con expresa imposición de las costas del presente procedimiento".

TERCERO

Contra la anterior sentencia, la demandada, Comunidad de Propietarios DIRECCION000 NUM000 , NUM001 y NUM002 de Jaca , dedujo recurso de apelación. El juzgado lo tuvo por preparado y emplazó a la apelante por 20 días para que lo interpusiera, lo cual efectuó en plazo y forma presentando el correspondiente escrito en el que solicitó la íntegra desestimación de la demanda. A continuación, el juzgado dio traslado al demandado, María del Pilar , Patricia y Filomena , para que presentaran escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que pudiera serle desfavorable. En esa fase, los apelados formularon en tiempo y forma escrito de oposición. Seguidamente, el juzgado remitió los autos a este tribunal, en donde quedaron registrados al número 117/2002. No habiéndose propuesto prueba ni solicitado vista, la Sala acordó que el recurso quedara pendiente de deliberación, votación y fallo, lo que ha tenido lugar con anterioridad a esta resolución. En la tramitación de esta segunda instancia no ha sido posible observar los plazos procesales por la atención prestada a los otros asuntos pendientes ante este tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia apelada ha anulado el acuerdo impugnado,...

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