SAP Barcelona, 3 de Abril de 2000

PonenteVICTORIANO DOMINGO LOREN
ECLIES:APB:2000:4251
Número de Recurso943/1999
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 3 de Abril de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 17ª

SENTENCIA Núm.

Ilmos. Sres.

D JOSE FRANCISCO VALLS GOMBAU

  1. VICTORIANO DOMINGO LOREN

Dª. AMELIA MATEO MARCO

En la ciudad de Barcelona, a tres de abril de dos mil.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Diecisiete de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Menor Cuantía, número 1019/1997 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 13 de Barcelona , a instancia de DIRECCION000 representado/a por el/la Procurador/a D/Dª. Ana Mª Feixas Mir y dirigido por el/la Letrado/a D/Dª. Alberto Mª Caso Iglesias, contra D/Dª. Pedro Enrique , representado/a por el/la Procurador/a D,/Dª. Jesús de Lara Cidoncha, y dirigido por el/la Letrado/a D/Dª. Ramón Juan Llagostera; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por el demandado contra la Sentencia dictada en los mismos el día 22 de junio de 1999 , por el Sr/a. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que, estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Ana Freixas Mir, en nombre y represnetación de la DIRECCION000 de Vilassar de mar contra Pedro Enrique , represneado por el Procurador Jesús de Lara Cidoncha, debo condenar y condeno a la referida demandada a pagar a la demandante la cantidad de DOS MILLONRES TRES MIL TRESCIENTAS CINCUENTA Y CINCO PESETAS (2.013.355 Pts.) y o s, intereses legales a contar desde la interpelación judicial; con expresa imposición a la parte demandada de las costas del procedimiento y desestimando la demanda reonvencional interpuesta por el Procurador Sr. Jesús de ¿ara Cidoncha, en nombre y representación de D. Pedro Enrique , contra La DIRECCION000 de Vilassar de Mar, representado por el Procurador Sra. Ana Feixas Mir, declarando no haber lugar a la misma, conabsolución del demandado, con expresa imposición de costas a la parte actora reconvencional".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte demandada y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas las partes, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día 20 de marzo de 2000, con el resultado que obra en la precedente diligencia.

TERCERO

En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo./a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. VICTORIANO DOMINGO LOREN.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

A la demanda formulada por la comunidad actora contra el Sr. Pedro Enrique , propietario de dos viviendas, reclamándole el importe de los gastos debidos que fueron aprobados por junta de 22 junio de 1996 el demandado alega la nulidad de la junta referida y de otras anteriores por falta de convocatoria y de notificación de los acuerdos, lo que interesa por vía de...

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