SAP Madrid 367/2006, 29 de Junio de 2006
Ponente | JOSE MARIA GUGLIERI VAZQUEZ |
ECLI | ES:APM:2006:10049 |
Número de Recurso | 117/2005 |
Número de Resolución | 367/2006 |
Fecha de Resolución | 29 de Junio de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 25ª |
JOSE MARIA GUGLIERI VAZQUEZ FRANCISCO RAMON MOYA HURTADO DE MENDOZA ANGEL LUIS SOBRINO BLANCO
AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 25
MADRID
SENTENCIA: 00367/2006
Fecha: 29 DE JUNIO DE 2006
Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 117 /2005
Ponente: ILMO. SR. D. JOSE Mª GUGLIERI VAZQUEZ
Apelante: Paloma
PROCURADOR: Dª VIRGINIA SALTO MAQUEDANO
Apelado: María Consuelo, Begoña, Santiago Y Leonor
PROCURADOR: Dª SONIA ALBA MONTESERIN
Autos: PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 560/2003
Procedencia: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 2 DE COLLADO VILLALBA (MADRID)
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. FRANCISCO MOYA HURTADO
D. JOSÉ MARÍA GUGLIERI VÁZQUEZ
D. ÁNGEL LUIS SOBRINO BLANCO
En MADRID, a veintinueve de junio de dos mil seis.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 25 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 560/2003, procedentes del JUZGADO DE 1ª.INSTANCIA N. 2 de COLLADO VILLALBA, a los que ha correspondido el Rollo 117/2005, en los que aparece como parte apelante Dª. Paloma representado por la procuradora Dª. VIRGINIA SALTO MAQUEDANO, y como apelado Dª. María Consuelo, Begoña, Santiago, Leonor representado por la procuradora Dª. SONIA SILVIA ALBA MONTESERIN, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ MARÍA GUGLIERI VÁZQUEZ.
Que los autos originales núm. 560/2003 procedentes del Juzgado de Primera Instancia Núm. 2 de los de Collado Villalba, fueron remitidos a esta Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Que por el Ilmo. Sr. D. ÁNGEL LUIS SOBRINO BLANCO Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Collado Villalba se dictó sentencia con fecha 2 de Septiembre de 2004, cuyo FALLO es del tenor literal siguiente:"Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dª Nuria Sánchez Samaniego, en nombre y representación de Dª Paloma, contra Dª María Consuelo y Dª Begoña, con domicilio en la CALLE000 NUM000, planta NUM001 izquierda y D. Santiago y Leonor, con domicilio en el mismo edificio que los anteriores en la planta baja derecha, todos ellos en rebeldía procesal al no haber comparecido a la Vista del Juicio, procede la absolución de los codemandados de los pedimentos formulados por la demandante, con expresa condena en costas de ésta."
Que contra dicha Sentencia se preparó e interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte demandante, la Procuradora Sra. Dª. Nuria Sánchez Samaniego, dándole traslado del mismo a la parte demandada quien presentó en tiempo y forma escrito de oposición al recurso entablado; remitiéndose los autos a esta Sección Vigesimoquinta, se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 22 de Junio del año en curso.
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