SAP Orense 153/2003, 14 de Mayo de 2003

PonenteJOSEFA OTERO SEIVANE
ECLIES:APOU:2003:483
Número de Recurso381/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución153/2003
Fecha de Resolución14 de Mayo de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Orense, Sección 1ª

SENTENCIA NUM 153

En la ciudad de Ourense a catorce de Mayo de dos mil tres.

VISTOS, en grado de apelación, por esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Civil, los autos de Juicio ordinario procedentes del Jdo. mixto único de P. de Trives seguidos con el n°. 0038/02, rollo de apelación núm. 0381/02, entre partes, como apelantes-demandantes D. María Purificación Y D. Elena , y como apelantes-demandados D. Salvador , representados, respectivamente, por la Procuradora D. MARIA-PAZ FEIJOO-MONTENEGRO RODRIGUEZ y Dª. Mónica VAZQUEZ BLANCO bajo la dirección de sus respectivos Letrados D. GABRIEL GÓMEZ PUMAR Y D. ALBINO FERREIRA RIVERA, y apelante por vía de impugnación DON Alfredo , representado por la Procuradora Dª. MÓNICA VÁZQUEZ BLANCO y defendido por el Letrado D. ARTURO GONZÁLEZ ESTÉVEZ. Es Ponente la Iltma. Sra doña Josefa Otero Seivane.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por el Jdo mixto único de P. de Trives, se dictó sentencia en los referidos autos, en fecha 8-7-02, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que se estima parcialmente la demanda interpuesta por Doña María Purificación y Doña Elena representadas por la Procuradora Doña Emilia Enríquez Domínguez, contra Don Salvador y Don Alfredo representados por el la Procuradora Doña Mónica Vázquez Blanco y debo condenar y condeno a Don Salvador y a Don Alfredo a que indemnice a las demandantes en la cantidad de 1.052,22 euros. Todo ello sin especial pronunciamiento respecto a las costas".

Segundo

Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpuso por la representación de María Purificación Y Elena y Salvador recurso de apelación en ambos efectos, y seguido por sus trámites legales, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial.

Tercero

En la tramitación de este recurso, se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.

II - FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Dados los términos de los recursos formulados por los litigantes (el de Don Alfredo por vía de impugnación), se plantea como cuestión principal a resolver en la alzada el determinar si, junto a la falta de mantenimiento del edificio litigioso, actuó como concausa del incendio base de la demanda, el "tiro" construido por las accionantes en el piso 2°. El perito Sr Tomás no lo menciona en su informe, acompañado al escrito rector y, preguntado al respecto en el acto del juicio, sostuvo de modo concluyente que nada tuvo que ver dicho tiro con el incendio o con su propagación al segundo piso, ratificando aquel informe en elsentido de que una vez iniciado el incendio por acumulación de hollín en la chimenea, se extendió al segundo piso por el recalentamiento del paramento de la cocina y posterior inflamación de los muebles. Por su parte, el perito Sr. Juan Francisco , designado a instancia de los demandados, si bien inicialmente apuntó que el tiro pudo contribuir al incendio por depósito de hollín en...

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