SAP Barcelona 213/2000, 15 de Abril de 2000

PonenteJosé-Ramón Godoy Méndez.
Número de Resolución213/2000
Fecha de Resolución15 de Abril de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona

Don Jesús-Francisco Cristín Pérez

Presidente

don Abel Carvajales Santa-Eufemia

don José-Ramón Godoy Méndez

Magistrados

En la ciudad de Ourense a quince de abril de dos mil.

Vistos, en grado de apelación, por esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Civil, los autos de Menor Cuantía procedentes del Jdo mixto núm. 1 de Ourense seguidos con el nº. 0123/98, rollo de apelación núm. 0270/99, entre partes, como apelante P.I., S.L., representada por el Procurador Don Jesús Marquina Fernándezbajo la dirección del Letrado Don Ramón Felipe González Doniz y, como apelada la Comunidad De Propietarios Ed. C . S.R. NºS 00, 00 Y 00 DE OURENSE, representada por la Procuradora Dª. María Gloria Sánchez Izquierdo bajo la dirección del Abogado Don José Feijoo Fernández. Es Ponente el Iltmo. Sr. Don José-Ramón Godoy Méndez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Jdo mixto núm. 1 de Ourense, se dictó sentencia en los referidos autos, en fecha lo de marzo de 1999, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Fallo: Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Marquina Fernández en nombre y representación de la entidad Promotora I. S.L. contra la comunidad de propietarios del inmueble señalado con los número 00, 00 y 00 de la calle S.R. de esta ciudad de Orense en la persona de su representante legal, el Presidente D. E.R.N., debo declarar y declaro que no ha lugar a la misma; y todo ello con expresa imposición de costas a la parte actora".

SEGUNDO

Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpuso por la representación de Promotora I., S.L., recurso de apelación en ambos efectos, y admitido a trámite, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial donde se personaron la parteapelante y apelada, con las aludidas representaciones, y cumplidos los oportunos traslados, se señaló para la vista del recurso el pasado 10 de abril a la que concurrieron las representaciones de las partes que solicitaron lo que en su derecho convino.

TERCERO

En la tramitación de este recurso, se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada cuyos acertados razonamientos se tienen aquí por reproducidos evitándose así innecesarias e inútiles, reiteraciones, por cuanto que interesándose por la entidad demandante...

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