SAP Ciudad Real 45/2000, 26 de Enero de 2000

PonenteLUIS CASERO LINARES
ECLIES:APCR:2000:162
Número de Recurso175/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución45/2000
Fecha de Resolución26 de Enero de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 45

CIUDAD REAL, a 26 de Enero del 2000.

VISTO, ante la Sala, de la Sección Primera de esta Audiencia Provincial, en apelación admitida a la parte demandada, los autos de Menor Cuantía nº 235/96, sobre demolición de obras, seguidos en el Jdo 1ª Inst e Instr. Almadén CR , a instancias de DOÑA Susana , representado en esta alzada por el Procurador DOÑA ANA JULIA SANZ TEJEDOR, y dirigido por el Letrado DOÑA MARIA JOSÉ CAPILLA ZAMORANO, contra DON Felix y DOÑA Encarna representado por el Procurador y Dª. CONCEPCIÓN LOZANO ADAME y dirigido por el Letrado y ANTONIO OBEJO VACAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Sr. Juez del Jdo 1ª Inst e Instr. Almadén CR, se dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales D. Meliano Rodrigo Calvo en nombre y representación de Dª. Susana contra D. Felix y Dª. Encarna , D. Rubén y Dª. María Antonieta , debo declarar y declaro contraria a derecho la construcción llevada a cabo pro los demandados D. Felix y Dª Encarna , ordenando el derribo de la misma y la reposición del edificio a su primitivo estado a expensas de los demandados, con indemnización de los daños causados, cuyo importe se determinará en ejecución de sentencia"

SEGUNDO

La relacionada sentencia que lleva fecha nueve de marzo de mil novecientos noventa y nueve, se recurrió en apelación por la parte demandada, por cuyo motivo se elevaron los autos a estaAudiencia, ante la que se personaron dentro del término del emplazamiento y en legal forma, las partes litigantes y seguidos los demás trámites, se señaló día para la vista de alzada, que tuvo lugar el día seis de octubre pasado, con asistencia de los Letrados y Procuradores de las partes personadas, quienes hicieron las alegaciones que a su derecho estimaron convenientes, en apoyo de sus respectivos intereses.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don LUIS CASERO LINARES.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se plantea por la actora el hecho de que es dueña de la vivienda sita en la planta baja de la casa nº NUM000 de la CALLE000 de Almadén y los demandados de la vivienda nº NUM001 que es la planta NUM002 del mismo inmueble, donde han realizado una serie de obras en la cámara que queda entre el tejado y la planta NUM002 apropiándosela cuando es un elemento común del edificio, por lo que pide la demolición de lo hecho y la reposición del edificio a su estado primitivo, lo que ha sido acogido por la sentencia de instancia. El recurso de la parte demandada mantiene los mismos hechos y fundamentos que ha opuesto a lo largo del procedimiento y que básicamente son que ellos compraron la casa a la hermana y cuñado de la actora prácticamente en las mismas condiciones en las que ahora se encuentra, habiendo realizado solo una serie de obras de mero embellecimiento y sustitución que no afectan a la estructura del edificio.

SEGUNDO

La solución a la...

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