SAP Cádiz 135/2004, 29 de Diciembre de 2004
Ponente | MANUEL DE LA HERA OCA |
ECLI | ES:APCA:2004:1669 |
Número de Recurso | 157/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 135/2004 |
Fecha de Resolución | 29 de Diciembre de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cádiz, Sección 2ª |
D. MANUEL DE LA HERA OCADª. MARGARITA ALVAREZ-OSSORIO BENITEZD. FERNANDO FRANCISCO RODRIGUEZ DE SANABRIA MESA
Audiencia Provincial de Cádiz
Sección Segunda
Rollo 157/2004
S E N T E N C I A Nº 135
Ilustrísimos Señores:
PRESIDENTE
Don Manuel de la Hera Oca
MAGISTRADOS
Doña Margarita Alvarez Ossorio Benítez
Don Fernando Rodríguez de Sanabria Mesa
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
DE CADIZ NUMERO UNO
ASUNTO CIVIL NÚMERO 476/2003
ROLLO DE SALA NÚMERO 157/2004
En Cádiz a veintinueve de Diciembre de dos mil cuatro.
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Cádiz, integrada por los Ilmos. Srs. del margen, ha visto el Rollo de Apelación de la referencia, formado para ver y fallar la formulada contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia y en el Juicio Verbal dicho.
En concepto de apelante es parte Don Diego , representado por la Procuradora Doña Monserrat Cárdenas Pérez bajo la dirección jurídica del Letrado Don Diego G. de la Cruz Mariscal, no personados ante este Tribunal.
Como apelado ha comparecido "GES, SEGUROS Y REASEGUROS, S. A.", representado por la Procuradora Doña Inmaculada Rico Sánchez con la asistencia del Letrado Don Javier Martín Araujo, comparecidos en la alzada.
Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Manuel de la Hera Oca, conforme al turno establecido.
Por el Juzgado de Primera Instancia de Cádiz Número Uno se dictó Sentencia el día 1 de Julio de 2.004 por el citado Juzgado en el Juicio Verbal número 476/2003, en cuya Resolución se contenía el siguiente Fallo:
"Que estimando la demanda formulada pro la Procuradoras Doña Inmaculada Rico Sánchez en nombre y representación de Ges Seguros y Reaseguro, S. A., debo condenar y condeno a Don Diego , a abonar a la actora la cantidad de QUINIENTOS CATORCE EUROS CON SESENTA Y CINCO CÉNTIMOS (514'65 ¤) más el interés legal dicha cantidad a devengar desde la fecha de interposición de la demanda; todo ello con expresa imposición de costas al demandado."
Notificada la sentencia a las partes, por la representación procesal de Don Diego se interpuso recurso de apelación, que fue impugnado, tras de lo cual se recibieron las actuaciones en la Audiencia Provincial, se formó el oportuno Rollo para conocer del recurso y se entregaron al Ponente para estudio y propuesta de resolución.
Verificado lo anterior y reunida la Sala al efecto, previa deliberación y a propuesta del Ponente, se acordó el Fallo que se expresará.
Formula el apelante dos motivos de recurso, ambos bajo la rúbrica de "error en la apreciación de la prueba", el segundo subsidiario del primero,...
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