SAP Huelva 22/2007, 15 de Febrero de 2007

PonenteANDRES BODEGA DE VAL
ECLIES:APH:2007:50
Número de Recurso257/2006/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución22/2007
Fecha de Resolución15 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Huelva, Sección 2ª

22/2007

S E N T E N C I A Nº22

AUDIENCIA PROVINCIAL HUELVA

SECCIÓN SEGUNDA

PRESIDENTE ILMO. SR.

D. FRANCISCO MARTÍN MAZUELOS

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

D. FLORENTINO G. RUIZ YAMUZA

D. ANDRÉS BODEGA DEL VAL

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción 1 de Valverde del Camino

ROLLO DE APELACIÓN Nº 257/2006

JUICIO Nº 6/2006

En la Ciudad de Huelva a quince de febrero de dos mil siete.

Visto, por la SECCIÓN SEGUNDA de la Audiencia Provincial de HUELVA, juicio de sobre reparación de daños procedente del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia de Marí Luz que en el recurso es parte apelada, contra Begoña que en el recurso es parte apelante.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 29 de junio de 2006, en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "ESTIMAR PARCIALMENTE la demanda promovida por el Procurador Sr. Díaz Alfaro, en representación de Marí Luz, contra Begoña representada por el Procurador Sra. Batanero Fleming. y en su virtud debo condenar y condeno a la demandada a estar y pasaro por esta resolución, y a los siguientes pronunciamientos:

Ejecutar una nueva instalación de las conducciones del agua potable y del saneamiento de las zonas del baño y la cocina de la vivienda de la planta superior, incluyendo la unión con las bajantes, que debe quedar estanca.

Reparar los 15 metros cuadrados de forjado en la zona de la tercera y cuarta crujía de la vivienda sustituyéndolo con un forjado de viguetas autorresistentes empotradas en los muros de carga, bovedillas cerámicas y una capa de hormigón de 4 centímetros de espesor y malla metálica.

Reparar el balcón exterior ejecutando un refuerzo desde la zona superior del mismo, previa colocación de película de polietileno y clavado de conectores de acero galvanizado, de una capa de hormigón de 4 centímetros de espesor con una armadura para absorber momentos flectores negativos de 1 redondo de acero cada 15 centímetros.

Respoder del 50% del coste de reparación del hueco de escalera, consistiendo la reparación en la aplicación de un mortero hidrófugo, con la ejecución de un tabique con cámara.

Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad".

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día de la fecha quedando visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ANDRÉS BODEGA DEL VAL quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia que estimó en parte la demanda se alza la demandada, que reitera la improcedencia de la condena a reparar elementos que señala como comunes y niega su responsabilidad única en las causas del mal estado de los elementos del edificio en propiedad horizontal. Solicita que se declare la obligación de asumir las reparaciones que se contienen en el suplico por mitad entre ambos...

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