SAP Málaga 171/2002, 4 de Marzo de 2002
Ponente | JUAN DE DIOS ANGUITA CAÑADA |
ECLI | ES:APMA:2002:955 |
Número de Recurso | 5/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 171/2002 |
Fecha de Resolución | 4 de Marzo de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Málaga, Sección 5ª |
SENTENCIA NUM. 171
Iltmos. Sres.
Presidente
D. Wenceslao Diez Argal
Magistrados
D. Hipólito Hernández Barea
D. Juan de Dios Anguita Cañada
En Málaga a cuatro de marzo de dos mil dos.
Vistos en grado de apelación, ante la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, los autos de juicio de menor cuantía, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número Seis de Torremolinos, seguidos a instancia de Wilga Estates Limited representado en el recurso por el Procurador Sr. Lara de la Plaza y defendido por el Letrado Don Joaquín Campos Germán, contra Doña Marcelina ; pendientes ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por el actor contra la sentencia dictada en el citado juicio.
El Juzgado de Primera Instancia número Seis de Torremolinos dictó sentencia de fecha 7 de diciembre de 1.999 en el juicio de menor cuantía del que este rollo dimana, cuya parte dispositiva dice así:
"QUE DESESTIMO INTEGRAMENTE LA DEMANDA INTERPUESTA POR LA PROCURADORA DOÑA FRANCISCA MEDINA GOMEZ en nombre y representación de WILGA ESTATES LIMITED; absolviendo a DOÑA Marcelina de todas las pretensiones formuladas en su contra, con condena de la Entidad actora al pago de la totalidad de las costas causadas en este juicio".
Contra la expresada sentencia interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación el actor, el cual fue admitido a trámite y, emplazadas las partes para que comparecieran ante esta Audiencia, personadas y entregados los autos a las mismas para instrucción durante cuatro días, se señaló la vista del recurso que tuvo lugar el día diecinueve de febrero de dos mil dos, en la cual el Letrado de la parte apelanteinformó en apoyo de sus pretensiones y solicitó la revocación de la sentencia recurrida y el Letrado de la parte apelada solicitó su confirmación.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Don Juan de Dios Anguita Cañada.
La parte actora, apelante, alega en el acto de vista que la demandada Sr. Marcelina carece de titulo para ocupar la vivienda objeto de litis, puesto que no tiene, ni ha tenido ninguna relación con la actora, persona jurídica, que le otorgue titulo a tales efectos, y respecto al auto del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Torremolinos, que dicha resolución es de fecha posterior a la adquisición de todas las acciones del nuevo titular (14-9-98), y la actora, no ha sido parte, ni ha sido oída, ni se dirigen las pretensiones de la actora contra la misma, sino contra el Sr. Carlos José , con quien ha tenido una relación extramatrimoníal, antiguo propietario de las acciones de la sociedad hoy actora y apelante, y el referido auto ha...
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